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Crisis del coronavirus: ¿qué es un ERTE y cuáles son sus consecuencias?

Las medidas aplicadas para contener la enfermedad llevan a algunas empresas a apostar por los despidos temporales

El coronavirus ha contagiado ya a más de 2.000 personas en España. Las autoridades intentan contener la pandemia con el cierre temporal de colegios, museos y otros centros sociales. Unas medidas extraordinarias que están afectando de lleno a actividades económicas como la hostelería, el turismo o el transporte de viajeros. Conscientes de que la situación podría prolongarse durante semanas, algunas empresas han empezado a tramitar expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE). El sindicato CCOO confirma que solo en la Comunidad de Madrid ya se han iniciado más de 70 procedimientos de este tipo.

¿Qué es un ERTE?

Se trata de un mecanismo legal, regulado en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores (ET), que permite a las empresas suspender los contratos de trabajo o reducir las jornadas laborales de manera temporal, cuando atraviesen por dificultades económicas, técnicas u organizativas que pongan en riesgo su viabilidad.

Según el abogado laboralista Álvaro San Martín, del bufete Casadeley, en el caso concreto de la crisis del coronavirus, las empresas podrían alegar la falta de ventas o la escasez de aprovisionamiento de materias primas. No obstante, no son los únicos motivos. También podrían darse circunstancias más acuciantes como estar sufriendo un alto índice de absentismo laboral o el cese total de la actividad debido a una recomendación sanitaria. Tal y como subraya el letrado, esta últimas "son causas de fuerza mayor que acelerarían considerablemente el procedimiento".

¿Qué obligaciones tiene la empresa?

Si el negocio está experimentando simplemente una bajada de ingresos, el empresario deberá iniciar una ronda de consultas con los representantes de los trabajadores que se prolongará entre 7 y 15 días. En ese periodo, ambas partes tendrán que negociar las condiciones de la suspensión temporal así como los puestos afectados.

Sin embargo, en los casos de fuerza mayor la empresa podrá saltarse este paso y solicitar directamente el cierre temporal a la autoridad laboral competente (normalmente las consejerías de trabajo de las diferentes comunidades autónomas) para que se pronuncie en un plazo de 5 días. "Lógicamente esta vía es la que más interés está despertando ahora mismo entre las empresas dada la rapidez con la que se está expandiendo la enfermedad", remarca el letrado.

Una vez aprobado el ERTE, el empresario está obligado a mantener a los trabajadores dados de alta y seguir pagando el 100% de su aportación a la Seguridad Social. Asimismo, ha de comunicar mensualmente al Servicio Estatal de Empleo qué empleados están inactivos y por cuánto tiempo.

¿Cuánto puede durar?

La duración del ERTE será en principio la acordada durante el periodo de consultas o la que determine la autoridad laboral. La ley no establece un límite temporal determinado y, de hecho, nada impide que se encadenen varios expedientes de este tipo, siempre que haya una justificación y que se cumplan todos los requisitos legales.

Teóricamente, el ERTE podría derivar en un despido colectivo si la situación excepcional se prolonga en el tiempo. No obstante, San Martín descarta que algo así pueda suceder con la crisis del coronavirus dado que "la causa principal que fundamenta la suspensión contractual es una enfermedad para la que se está buscando una vacuna, y las medidas de contención no son indefinidas".

¿Qué derechos tienen los trabajadores?

Los empleados afectados por un ERTE tienen derecho a impugnarlo ante los juzgados, si estiman que se ha cometido algún tipo de irregularidad. Además deberán ser readmitidos en sus puestos una vez termine el expediente. Entre tanto, podrán solicitar la prestación por desempleo tanto si sus contratos han sido suspendidos como si han visto reducida su jornada.

Ahora bien, solo tendrán acceso al subsidio si cuentan con más de 360 días cotizados o carecen de rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional. De todas formas, insiste San Martín, "los trabajadores deben tener claro que van a cobrar menos y que no tendrán derecho a ninguna indemnización, pues no estamos ante un despido definitivo".

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