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El fisco paga al contribuyente 270 millones anuales en intereses de demora

La factura emana de fallos en su contra y retrasos en las devoluciones

Factura de los intereses de demora para el fisco
Belén Trincado
Juande Portillo

La Agencia Tributaria lleva años batiendo récords de recaudación y, previsiblemente, volverá a superarlos en 2019, cuando se conozcan los datos definitivos en marzo. En paralelo, el fisco viene haciendo frente a una creciente ola de litigios por parte de contribuyentes que contestan sus actuaciones, también hasta cifras históricas. Más allá de salir perdiendo en cuatro de cada diez casos, la Agencia Tributaria está haciendo frente a una recurrente factura millonaria por el pago de intereses de demora.

En la mayoría de los casos, reconoce el propio fisco, estos intereses se originan por resoluciones administrativas o sentencias judiciales desfavorables, así como por retrasos en las devoluciones del IRPF, por ejemplo. En otras ocasiones, más anecdóticas, ocurre como resultado de ingresos duplicados o devoluciones derivadas de rectificaciones de autoliquidaciones a ingresar, aunque Hacienda no sea responsable directa.

De esta forma, según los datos oficiales disponibles, el fisco ha tenido que abonar 1.091 millones de euros en intereses de demora entre 2015 y 2018, a razón de 270 millones de media anual. En concreto, fueron 345 millones en 2015, 274 en 2016, 237 en 2017 y 236 en 2018. El fisco matiza que los datos de algunos ejercicios han podido verse afectados por determinados abonos extraordinarios que desvirtúan la tendencia de la serie.

La Agencia Tributaria trata ahora de reducir el importe de dicha factura, tal y como recoge su reciente plan estratégico para el periodo 2020 a 2023. “El pago de intereses a contribuyentes viene impuesto por normativa legal [es del 3,75%], pero resulta un campo de mejora por parte de la Agencia Tributaria”, recoge el documento, que apunta a que “la reducción en los intereses abonados no es sino un exponente de una mayor calidad en la prestación del servicio por la Agencia Tributaria al agilizar la gestión de las devoluciones a los contribuyentes”.

Este objetivo entronca con el convencimiento del director general de la Agencia Tributaria, Jesús Gascón, de que el fisco tiene que tratar de reducir la creciente judicialización de sus actuaciones, así como mejorar las mismas para rebajar el porcentaje de fallos y resoluciones en contra de las arcas públicas. “En la medida en que la calidad de los actos administrativos y de su motivación permita incrementar los porcentajes de estimación de recursos y reclamaciones a favor de la Agencia, el importe de los intereses de demora a satisfacer se reducirá”.

Últimos datos

Los últimos datos de los Tribunales Económico-Administrativos, paso previo obligado para el ciudadano que recurre las decisiones de Hacienda antes de llegar a los tribunales judiciales, indican que en 2018 se resolvieron 216.139 litigios de este tipo. El 40,7% de los dictámenes fueron favorables, al menos parcialmente, al contribuyente, frente al 48,9% en que llevaba la razón la Agencia Tributaria o el 10,3% que se cerraron por desistimiento o archivo, entre otras causas. El propio Gascón apunta la necesidad de atajar esta situación, en vista, además, de que de los 40.000 millones de euros pendientes de cobro por el fisco, unos 12.000 millones, están bloqueados a la espera de una resolución judicial.

Pese a ello, el plan estratégico de la Agencia Tributaria defiende que el nivel de conflictividad relativa puede considerarse bajo en España si se tiene en cuenta el enorme volumen de actuaciones que no sufren contestación alguna. Así, de los 18 millones de actos emitidos por la Agencia Tributaria en el año 2018, solo 327.871 fueron objeto de algún tipo de recurso, lo que equivale a un 1,82% del total.

Desde la asociación de asesores fiscales Aedaf opinan, por contra, que aunque la contestación relativa sea baja, el elevado porcentaje de resoluciones favorables al contribuyente demuestra que las actuaciones de la Agencia Tributaria distan de la excelencia. El fisco, en cualquier caso, se ha propuesto mejorar sus ratios en los próximos años y rebajar la factura que abona en intereses de demora.

El reto de medir la economía sumergida

Un 11,2% del PIB. El plan estratégico de la Agencia Tributaria para el periodo 2020 a 2023 apunta como uno de sus objetivos fundamentales la lucha contra el fraude y la elusión fiscal; si bien, subraya los “importantes problemas metodológicos” y “riesgos y limitaciones” que acompañan a los intentos de cuantificar el tamaño de la economía sumergida. Tomando como referencia el célebre estudio anual del economista Friedrich Schneider para FMI, en 2018 el tamaño de la economía sumergida española suponía el 11,2% del PIB, una cifra muy inferior a la que se maneja habitualmente en los foros sobre este asunto. A partir de ahí, el fisco matiza que es un “error de concepto” comparar esta magnitud con el PIB, pues la presión fiscal es de solo el 35,2%. También subraya que solo el 60% de la economía sumergida es susceptible de tributar, ya que buena parte está compuesta de actividades ilegales que en ningún caso pagarían impuestos. La cifra se reduciría por tanto al 2,36% del PIB. Teniendo en cuenta que la Agencia Tributaria gestiona el 50% de los ingresos tributarios (el resto es de comunidades y entes locales), la cifra que debería perseguir sería el 1,18% del PIB, unos 14.160 millones, sostiene cauto el fisco en este ejercicio hipotético.

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