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El Gobierno prohíbe la venta a pérdidas en la cadena alimentaria y las “ofertas engañosas” en los súper

El ministro de Agricultura Luis Planas destaca que la reforma del real decreto "da respuesta" a la mayor parte de las reivindicaciones del campo

El ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas.
 ECONOMIA 
 Eduardo Parra - Europa Press
El ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas. ECONOMIA Eduardo Parra - Europa Press Eduardo Parra (Europa Press)
Javier García Ropero

El Gobierno ya ha dado forma a la batería de medidas con las que pretende calmar las protestas que, desde hace semanas, llevan a cabo los trabajadores del campo de toda España ante su precaria situación económica.

Medidas que forman parte de la reforma de la ley de la cadena alimentaria, aprobada en 2013 y que será actualizada a través del real decreto ley aprobado este martes en Consejo de Ministros y que ahora deberá pasar por el Congreso de los Diputados. El responsable de la cartera de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, señaló que gran parte de las reivindicaciones del campo “son legítimas, tienen razón de ser y deben ser atendidas”, y se felicitó de haber dado forma al real decreto en un “tiempo récord”.

Las novedades que introduce el Gobierno, que aprovecha para incluir la directiva europea de prácticas comerciales desleales que estaba pendiente de transponer, pueden resumirse en cuatro puntos principales.

El principal, una demanda histórica del campo, es la prohibición de la venta a pérdidas. Es decir, los operadores de cualquiera de los eslabones de la cadena deberá pagar al inmediatamente anterior un precio igual o superior al coste efectivo de producción de ese bien.

Si un supermercado lo vende por debajo de ese valor deberá repercutirlo en su propia estructura de costes Si, en cambio, adquiere el producto por debajo de coste ese operador será sancionado con hasta 100.001 euros al ser una falta grave. Si hay reiteración será muy grave, pudiendo llegar a ser sancionadas con un millón. “De esta forma prohibimos la destrucción de valor en cada elemento de la cadena”, analizó Planas. Esta medida cuenta con la excepción de ciertos productos perecederos que, por su caducidad, podrán ser vendidos a un precio inferior para evitar el despilfarro alimentario. “Nunca se podrá imputar al vendedor aquel precio por el que el siguiente eslabón de la cadena comercializa un producto”, recalcó Planas.

Contratos

Medidas que fuentes de FIAB, la patronal de la industria de la alimentación y bebidas, valoraron positivamente al “impedir la destrucción del valor en la cadena” e incorporar “obligaciones respecto a las promociones comerciales”.

Estas, anunciadas ayer por Planas, pasan sobre todo por la prohibición de lo que llamó “ofertas engañosas” que “banalizan” los productos o “llevan a error sobre su precio”. Este puso dos ejemplo concretos: “La venta del litro de leche por debajo de los 60 céntimos o promociones que regalan una botella de aceite por la compra de dos botellas de detergente. Eso es una devaluación del producto y del trabajo que no se puede permitir. Estas prácticas quedarán prohibidas”, remarcó Planas, que no cree que esto implique una subida de los precios al cliente final: “Es compatible que los precios no suban y que, al mismo tiempo, pueda existir una mejor retribución por su trabajo a agricultores y ganaderos”, afirmó. Las principales patronales de los supermercados, Asedas y ACES, prefirieron no valorar el real decreto hasta conocer todo su contenido.

Desde la industria sí se cuestiona una de las medidas principales del real decreto: la obligatoriedad de incluir en los contratos que firmen agricultores y ganaderos con los primeros compradores que el precio pactado cubre los costes de producción. Para determinar estos se deberá tener en cuenta elementos como el coste de semillas, fertilizantes, pesticidas, energía o maquinaria, e índices de precios como los que publica Agricultura. Desde FIAB expresaron sus “dudas” sobre la “efectividad de la aplicación” de estas cláusulas y “la compatibilidad con las normas de Competencia”.

La cuarta de las medidas principales de la reforma también tiene que ver con los contratos. La inexistencia de estos pasa a ser una infracción grave (antes era leve), y estas serán públicas.

Reduce a 20 las peonadas para cobrar el paro

Condiciones. Otras claves del nuevo real decreto afectan directamente a las condiciones laborales de los trabajadores del campo. En concreto, reduce a 20 las peonadas o jornadas de trabajo en el campo mínimas para acceder a los subsidios de desempleo y a la renta agraria a los trabajadores eventuales agrarios residentes en Andalucía y Extremadura. También incluye bonificaciones para la conversión de contratos temporales de trabajadores eventuales agrarios en contratos indefinidos o fijos discontinuos. Además, permitirá que la tributación del IRPF de los jóvenes agricultores que se incorporen a la actividad productiva puedan ser pagadas en cuatro ejercicios y no solo en uno.

Sobre la firma

Javier García Ropero
Redactor de la sección de empresas, especializado en distribución, gran consumo y economía del deporte. Licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid y Especialista en información económica de la UIMP. Desarrolla su carrera en CincoDías desde 2011 tras haber pasado por El Mundo y Vocento.

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