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En colaboración conLa Ley

Para aparcar en plazas de minusválidos no basta con tener una discapacidad

El tribunal retira la licencia a una persona a pesar de tener una graduación del 67% porque no tenía problemas de movilidad

Plaza para personas con discapacidad en Barcelona.
Plaza para personas con discapacidad en Barcelona. MASSIMILIANO MINOCRI

Para acceder a la tarjeta de estacionamiento en plazas de minusválidos el beneficiario tiene que probar que tiene problemas de movilidad y no solo una discapacidad. Así lo ha determinado el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Canarias en una sentencia en la que rechaza la petición de un ciudadano de la capital canaria que tenía reconocido oficialmente un grado de discapacidad del 67%. 

El tribunal reconoce que el solicitante cumplía con los mínimos de discapacidad para acceder a la tarjeta de estacionamiento. Sin embargo, rechaza que los problemas de movilidad exigidos por ley para acceder a esta licencia "hayan quedado suficientemente acreditados". Esta decisión se basa en el informe de exploración del Equipo de Valoración y Orientación (EVO), que le otorgó cero puntos en el baremo para determinar la existencia de dificultades para utilizar transportes colectivos. 

La emisión y uso de estas licencias vienen reguladas en un real decreto aprobado en 2014. Para poder acceder a ellas, la norma exige la existencia de dos supuestos: tener reconocido oficialmente la condición de persona con discapacidad; y que esta discapacidad conlleve problemas en la movilidad de al menos siete puntos. Este aspecto, continúa el texto, deberá ser valorado por "equipos multi profesionales de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad o agudeza visual", que puntuarán el grado de dificultad del solicitante a la hora de desplazarse.

Así, la Sala rechaza el informe médico presentado por el recurrente, que probaban las limitaciones a la hora de moverse. Aunque una persona con una discapacidad del 67% "posiblemente tenga problemas de movilidad", reconocen los magistrados, estos han de ser analizados y valorados bajo los criterios definidos en la norma y por un "equipo especializado".

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