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Sentencia

Los hijos díscolos del fundador de Eulen pierden otra batalla en el Supremo

Rechaza que se les devuelvan 1,5 millones que le ingresaron entre 2005 y 2008

El fundador del grupo Eulen David Álvarez, fallecido en 2015.
El fundador del grupo Eulen David Álvarez, fallecido en 2015.Pablo Moreno

La larga batalla familiar entre los hijos del fundador de Eulen, el fallecido David Álvarez, sigue quemando capítulos en los juzgados.

El último viene del Tribunal Supremo, que ha rechazado un recurso de casación de los cinco hermanos considerados díscolos al patriarca: Juan Carlos, Emilio, Pablo, Marta y Elvira Álvarez, enfrentados a su vez con los otros dos hermanos: Maria José, la actual presidenta y dueña de Eulen; y Jesús David, que vendió sus participaciones en las empresas de la familia.

En una sentencia fechada el 5 de noviembre, el alto tribunal rechaza que a esos cinco hermanos les sean reintegrados casi 1,5 millones de euros que traspasaron, a través de diversas donaciones, entre 2005 y 2008 a su padre. Antes, en 2002, también llevaron a cabo dos donaciones de más de 2.300 acciones de El Enebro, la sociedad familiar bajo la que se sitúa el negocio de Vega Sicilia, entre otras; y alrededor de 4.300 títulos de Eulen. Estas fueron a parar a Daval Control, la dueña de la mayoría accionarial de Eulen. También donaron el derecho de usufructo sobre otras 52.143 acciones de El Enebro. 

Los hermanos donantes pedían la revocación por ingratitud de estos acuerdos, una salvaguarda que permite la ley en caso de que el receptor de las donaciones llevase a cabo algún tipo de imputación de delito a los donantes. Álvarez les acusó en 2013 de vaciar El Enebro.

El Supremo sigue el mismo criterio que ya aplicó la Audiencia Provincial de Madrid para desestimar los argumentos de los cinco hermanos díscolos. Entiende que lo que se camufló como donaciones eran en realidad una redistribución de la participación de los hermanos en el capital social de ambas mercantiles, ya que entre ellos eran desiguales entonces. Además, como explicaba la Audiencia Provincial, la fórmula de la donación permitía un “tratamiento fiscal beneficioso, ya que el padre tenía su residencia fiscal en el País Vasco, en cuya Comunidad Autónoma la donación estaba exenta”.

Sin embargo, y pese a que el Supremo confirma que esas donaciones no eran tales, el principal motivo del rechazo es que la denuncia que la revocación por ingratitud no es aplicable a la demanda que en su día hizo David Álvarez contra sus hijos al subyacer una pugna familiar por el control de El Enebro. Por ello, además, les condena al pago de las costas.

Una herencia que necesitó de un albacea

Conflicto. La lucha en la familia Álvarez precisó de un albacea que interpretase la última voluntad del patriarca, David Álvarez, para el reparto de la herencia. Este dictaminó en 2017 que María José Álvarez poseía el 95% de las acciones de Daval Control, y por tanto, era dueña del 59% de Eulen.

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Sobre la firma

Javier García Ropero
Redactor de la sección de empresas, especializado en distribución, gran consumo y economía del deporte. Licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid y Especialista en información económica de la UIMP. Desarrolla su carrera en CincoDías desde 2011 tras haber pasado por El Mundo y Vocento.

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