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Eléctricas

Arranca el 'scrip dividend' de Iberdrola, ¿cuál es la opción más rentable?

El accionista tiene hasta el día 18 para solicitar el pago en efectivo

Ignacio Galán, presidente de Iberdrola.
Ignacio Galán, presidente de Iberdrola.Pablo Monge
Virginia Gómez Jiménez

Iberdrola es una de las cotizadas abonadas al scrip dividend, fórmula de retribución al accionista que permite al mismo elegir la forma de percibir dicho dividendo. Dos veces al año, la eléctrica  presidida por Ignacio Galán, premia la fidelidad de sus inversores con el ya clásico método del dividendo elección en el que el accionista tiene la opción de cobrar el cupón en efectivo o en acciones. Realmente son tres las opciones que se le ofrecen al accionista de la eléctrica y que tendrán un impacto fiscal diferente.

La primera de las opciones es recibir el dividendo en efectivo. La compañía repartirá 0,2 euros por cada acción. Este dividendo se pagará el 1 de agosto a todos aquellos accionistas que, antes del 18 de julio comuniquen a su banco que quieren el dividendo en cash, lo más parecido a cobrar el dividendo de toda la vida. Es importante tener en cuenta que el sistema Iberdrola Retribución Flexible asigna por defecto la opción de recibir nuevas acciones, por lo que aquello accionistas que prefieran recibir su retribución en efectivo deberán comunicarlo a la entidad entre hoy día 4 y el 18 de julio. De cara al IRPF se considera Renta del Ahorro y lleva consigo una retención del 19%.

La segunda opción es la de recibir las acciones nuevas y cuyo canje supondrá una nueva por cada 43 antiguas. Los expertos de Self Bank explican que es la opción que el inversor debe elegir si cree que las acciones van a subir en Bolsa. Las nuevas acciones empezarán a cotizar el día 2 de agosto.

A nivel fiscal no lleva retención y no tiene consecuencias inmediatas. Tendrá implicaciones cuando el accionista venda las acciones en el futuro, ya que Hacienda considerará que el precio de adquisición originario es menor, y por tanto la plusvalía será superior. El accionista debe tener en cuenta que si el número de acciones que tiene no es múltiplo de 43, tendrá derechos sobrantes.

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En tercer lugar, el accionista puede elegir vender los derechos en el mercado - cotizan desde hoy hasta el 18-. "Si elegimos esta modalidad recaudaremos dinero en efectivo pero no porque nos lo pague Iberdrola, sino por la venta de los derechos en el mercado, es decir, en Bolsa. Nos darán 1 derecho por cada acción que tuviéramos. La cantidad a ingresar es incierta ya que los derechos varían constantemente de precio, pero para que te hagas una idea el valor de partida es similar a los 0,20 euros que Iberdrola se compromete a pagar a los accionistas que quieran el efectivo", explica Self Bank.

La fecha límite para venderlos en el mercado es el 18 de julio. Desde hace dos años, Hacienda aplica una retención del 19% sobre el importe total recibido por la venta de estos derechos. Hasta ahora hace poco no se aplicaba una retención, sino que al igual que sucedía con la opción de recibir las acciones, el importe de la venta pasaba a reducir el precio de adquisición originario y, por lo tanto, elevaba la plusvalía una vez que se vendían las acciones.

Sobre la firma

Virginia Gómez Jiménez
Periodista económica, con 25 años de experiencia como redactora. En la web de Cinco Días desde 2007. Anteriormente, desarrolló su actividad profesional en las secciones de Mercados de La Gaceta de los Negocios y Expansión, sin olvidar su paso por la agencia de noticias Fax Press, como experta en las materias económica, empresarial y bursátil.

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