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Banca

La Audiencia Nacional rechaza la responsabilidad del Banco de España en la caída de Popular

El juez asegura que la supervisión del banco recae en el BCE desde 2014 La firma Guirigaña reclamaba 118.000 euros por la quiebra del banco

Detalle de la fachada de la sede del Banco de España, en Madrid
Detalle de la fachada de la sede del Banco de España, en MadridPablo Monge

La Audiencia Nacional ha decidido rechazar cualquier responsabilidad de Luis María Linde y el resto de la cúpula del Banco de España hasta 2017 en la crisis y posterior resolución de Banco Popular, que provocó que sus acciones valiesen cero, con la consiguiente pérdida de toda la inversión de los más de 300.000 accionistas de la entidad y su venta a Banco Santander por un euro.

De esta forma, el supervisor español queda liberado de cualquier responsabilidad patrimonial por la caída de Banco Popular, según la sentencia de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional de fecha de 29 de mayo de este año, de la que aún cabe recurso de casación.

La sala, en una resolución, aborda el recurso de la firma La Guirigaña contra el acuerdo del secretario general del Banco de España de fecha 28 de septiembre de 2017, que decidió la inadmisión de la reclamación de “responsabilidad patrimonial” del Estado por importe de 118.000 euros más intereses legales devengados desde la fecha de la resolución de Popular.

La empresa La Guirigaña también interpuso acumuladamente recurso de reposición contra la resolución de la comisión rectora del Fondo de Resolución Ordenada Bancaria (FROB) de 7 de junio de 2017.

El Banco de España, entonces con Linde como gobernador, rechazó la reclamación de La Guirigaña “por falta manifiesta de fundamento, por carecer el Banco de España de competencias en materia de supervisión, adopción de medidas de actuación temprana y resolución preventiva, cuya presunta infracción en el caso de Banco Popular habría dado lugar, en opinión de la reclamante, a la responsabilidad patrimonial de dicha institución”.

En la sentencia, de hecho, el Banco de España recuerda, como falla el juez, que la supervisión bancaria desde el 4 de noviembre de 2014 es competencia del BCE a través del Mecanismo Único de Supervisión europeo (MUS) para las “entidades significativas, entre las que se encuentra Banco Popular”.

El fallo de la Audiencia Nacional coincide con otras sentencias similares contra Bankia, en las que el juez también eximió al Banco de España de la responsabilidad patrimonial, recuerdan fuentes jurídicas.

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