_
_
_
_
En colaboración conLa Ley

El abogado debe avisar al juzgado si le coinciden dos señalamientos

El Supremo unifica doctrina: si el letrado no notifica el retraso, se le tendrá por desistido de la causa

No cabe una interpretación laxa o flexible de la ley. Si el abogado no se presenta a la citación porque esta le coincidía con un señalamiento en otro juzgado, pero no avisa de tal circunstancia, se le tendrá por desistido en la causa. Así lo determina el Tribunal Supremo en una reciente sentencia que unifica doctrina y rechaza el recurso de casación interpuesto por una letrada, a quien, después de haber sido llamada tres veces sin respuesta a la hora que debía dar comienzo el acto de conciliación, un juzgado de lo social de Sevilla tuvo por desistida de su demanda.

Según subraya el alto tribunal, la legislación permite la suspensión de los señalamientos en aras de garantizar el derecho de defensa y a la tutela judicial efectiva. Eso sí, todas las previsiones legales que regulan estas circunstancias, entre ellas el artículo 83.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, determinan que la incomparecencia injustificada se entenderá como una renuncia a la pretensión.

Sin embargo, tal y como sucedió en el caso enjuiciado, en el que la abogada llegó media hora tarde a la sala sin haber dado previo aviso, los magistrados aseveran que no cabe amparar al profesional. Por tres razones: primero, los preceptos legales son "claros y precisos"; segundo, el trámite que permite sortear dicha circunstancia es muy sencillo (una mera notificación), y tercero, porque la gravedad de las consecuencias legales obliga a los letrados a "extremar su diligencia" y al órgano judicial a "exigirles el celoso cumplimiento de sus obligaciones". Asimismo, explican, un trato de favor al letrado autor de tal descuido supondría un trato de favor que infringiría los derechos de la contraparte.

El Supremo, no obstante, apunta a que "no desconoce" el atasco que sufren los juzgados y tribunales, pero insiste en que dicha circunstancia "no puede ser excusa para ignorar una obligación tan evidente y fácil de cumplimentar". Aunque matizan que el fallo sería distinto si la recurrente hubiera intentado comunicarse con el juzgado o alegara alguna razón que pudiera interpretarse como una "causa justa" de la incomparecencia.

Archivado En

_
_