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La Politécnica de Madrid se prepara para perder un pelotazo de 9 millones

Una sentencia del TSJM le obliga a devolver 25.000 metros cuadrados de suelo urbanizable expropiados en 1971

Vista aérea de la parcela de Los Carriles, situada en la localidad madrileña de Alcobendas.
Vista aérea de la parcela de Los Carriles, situada en la localidad madrileña de Alcobendas.

La Universidad Politécnica de Madrid cuenta las horas para perder un pelotazo urbanístico de dimensiones muy importantes. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid le obliga a devolver a sus antiguos propietarios varias parcelas expropiadas en 1971 para la ampliación de la Escuela Técnica de Ingenieros Industriales, una obra que nunca se realizó.

La sentencia, pese a ser de 2015 y no haber sido recurrida, todavía no se ha ejecutado. Los terrenos afectados ocupan cinco parcelas en el municipio de Alcobendas, de los que 40.000 metros cuadrados están situados en el sector de Valdelacasa, cuyo suelo es industrial y terciario, y 25.000 metros cuadrados en Los Carriles. Esta última parcela es la principal razón de la demora en la ejecución de la sentencia del TSJM. Cuando se expropiaron los terrenos en 1971, el suelo de Los Carriles tenía la calificación de rústicos o no urbanizables. Posteriormente, el crecimiento urbanístico del citado municipio, que en la actualidad cuenta con 115.000 habitantes y es uno de los de mayor renta per capita de la capital, llevó a esos terrenos a ser incluidos en un plan parcial y a ser reclasificados como urbanizables. Ese desarrollo, sin embargo, está tramitándose y todavía no se ha aprobado por la falta de acuerdo entre los grupos que componen el pleno del ayuntamiento de Alcobendas.

El valor del suelo se ha multiplicado por 44 veces desde que ha sido recalificado como urbanizable

En 2006, cuando los propietarios reclamaron la reversión del suelo, este tenía la consideración de rústico no urbanizables, con un valor que oscilaría los 8 euros, mientras que doce años después, han pasado a ser urbanizables y el precio se habría multiplicado por 44 veces. Dicho de otra manera que la Politécnica pasó de tener unos terrenos con un escaso valor (en torno a 8 euros por metro cuadrado) a otros con un precio muy superior (350 euros por metro cuadrado), siempre y cuando se apruebe definitivamente ese plan parcial en las condiciones en las que está redactado. En esas condiciones, el valor de los 25.000 metros cuadrados de los Carriles podría situarse en la actualidad en torno a 9 millones de euros, según fuentes del mercado inmobiliario.

Y esa es la principal razón que aducen los propietarios, defendidos por el letrado Manuel Serrano Conde, del bufete Serrano Alberca y Conde, para justificar el retraso en la reversión de los terrenos y la paralización de la ejecución de la sentencia. “Hemos intentado un cumplimiento voluntario de la Sentencia pero la Universidad que es un ente público no cumple con lo ordenado", asegura Serrano. De hecho el propio Tribunal Superior de Justicia de Madrid instó la semana pasada a la Universidad para cumplir con lo dictado en la sentencia. El enfado de los propietarios, sin embargo, va mucho más allá. De las cinco parcelas de las que habían reclamado la reversión, la sentencia les da la razón en dos de ellas y les devuelve la propiedad del terreno, mientras que en otras tres considera imposible entregar los terrenos de Valdelacasa y les indemniza con el 5% de su valor actual, muy por debajo de sus expectativas.

Los propietarios critican el hecho de que el TSJM haya utilizado una doctrina del Supremo que es claramente perjudicial para sus intereses. Esta doctrina supone en síntesis que si no se puede devolver la finca objeto de reversión porque haya sufrido una transformación urbanística, entonces el reversionista solo tiene derecho a una indemnización equivalente al 5 % de afección que se paga a cualquier expropiado. Ese es el precio que tendría que haber pagado el reversionista para la devolución y el valor actual del bien cuando se declara la imposibilidad de reversión.

Conde señala que esa doctrina, que puede ser aplicable en algunos casos, es muy injusta cuando se trata de una reversión que trae causa de una expropiacion muy antigua (1971) porque lo que vale el bien en 2006 (fecha a la que se calcula el valor del precio a devolver por el reversionista) es muy inferior al valor del bien en 2016, cuando se acuerda que no se puede devolver. “La diferencia entre ambos valores en el caso de Valdelacasa es más del doble, esta cifra le consta al Tribunal por informes periciales y el 5% se queda muy corto después de una batalla judicial de 12 años “, remarca.

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