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En colaboración conLa Ley

La justicia europea rechaza hacer pública información sobre dietas de eurodiputados

Las instituciones de la UE pueden vetar divulgar documentos que vulneren la intimidad e integridad de la persona, según el TGUE

Miembros del Parlamento Europeo votan durante una sesión en Estrasburgo (Francia).
Miembros del Parlamento Europeo votan durante una sesión en Estrasburgo (Francia).EFE
CINCO DÍAS

El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) veta el acceso a los documentos relativos a las dietas diarias que cobran los eurodiputados. En su sentencia dictada hoy, el TGUE confirma la decisión del Parlamento europeo de impedir acceder y publicar esta información a varios periodistas ya que contenían datos personales protegidos.

El órgano judicial europeo añade que las instituciones de la UE pueden impedir el acceso a un documento cuya divulgación suponga un perjuicio para la protección de la intimidad y la integridad de la persona.

Los hechos se remontan a 2015, cuando varios periodistas y asociaciones del gremio solicitaron al parlamento de la UE acceder a los documentos relativos a las dietas diarias, a las dietas para gastos de viaje y a las dietas de asistencia parlamentaria de los eurodiputados. Al denegar la Eurocámara todas estas solicitudes, los informadores presentaron un recurso ante el TGUE.

De acuerdo con la normativa europea sobre protección de los datos personales, éstos se entienden como “toda información sobre una persona física identificada o identificable”. Y, como razona el tribunal, todos los documentos solicitados incluyen información relativa a personas físicas identificadas (los eurodiputados en este caso). Por tanto, “no se puede excluir la calificación de esa información como datos personales por el mero hecho de que esté vinculada a datos públicos de esas personas”.

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Además, el Tribunal General recuerda que el acceso a este tipo de información es posible cuando el solicitante demuestra la necesidad de transmisión y no existe riesgo de lesionar los intereses legítimos del interesado. No obstante, los periodistas no dieron pruebas concluyentes que respaldaran la necesidad de hacer pública esa información por encima del riesgo que supone la exposición de los datos personales de los miembros del parlamento.

Por otro lado, los solicitantes alegaban que la Cámara europea habría podido ocultar los datos personales en los documentos solicitados y lograr así un acceso parcial a esos documentos. El TGUE rechaza tal pretensión y razona que eliminar estos datos controvertidos hubiera impedido a los periodistas hacer un seguimiento individualizado de la persona y sus dietas. Además, estima que ocultar todos los datos personales en los documentos solicitados conllevaba una carga administrativa excesiva, habida cuenta del volumen de documentos solicitados (concretamente más de cuatro millones de documentos respecto del conjunto de las solicitudes).

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