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Cinco puntos de la declaración de la Renta en los que se puede ahorrar dinero

La deducción de todos los gastos por tener una vivienda alquilada o compensar las pérdidas de años anteriores, algunos de los aspectos Hasta el 29 de junio se puede pedir cita previa para la elaboración de la declaración

Delegación de Hacienda
Delegación de Hacienda Efe
Virginia Gómez Jiménez

Faltan diez días para que se cierre la campaña de la Renta 2017 y si aún no ha saldado sus cuentas con Hacienda, hay cinco aspectos a tener en cuenta a la hora de aplicar algunos beneficios fiscales.

1.Declarar los ingresos por alquiler

Todavía hay mucha gente que no declara los ingresos obtenidos de un piso alquilado porque tiene la idea errónea de que si lo hacen pagarán más impuestos. Y no sabe que es todo lo contrario. Declarar el alquiler tiene importantes beneficios fiscales y puede conseguir con ello una menor tributación, explican en el blog de Self Bank.

En primer lugar, el contribuyente debe saber que si declara el alquiler de una vivienda podrá deducir todos los gastos que haya tenido de ese piso como el IBI, la comunidad de propietarios, el seguro de hogar, seguro del alquiler, los gastos de reparaciones necesarios para arrendarlo (pintado, arreglo de instalaciones, sustitución de elementos, etc.), los intereses del préstamo hipotecario (si se adquirió con financiación), además del 10% anual del coste del mobiliario (si en el contrato se hace constar que el piso se alquila amueblado y se anexa el inventario) y un 3% en concepto de amortización de la construcción calculado sobre el mayor entre el valor catastral de la construcción o el valor de adquisición. Todo esto puede dar como resultado un rendimiento negativo que el contribuyente puede compensar con las rentas del trabajo.

Pero además, si el rendimiento es positivo, puede aplicar una reducción del 60% si se trata de un alquiler de vivienda anual, de forma que sólo tributará por el 40% una vez descontados todos los gastos.

2. Ventas de activos con derecho a reducción

Hay dos importantes reducciones fiscales que debe tener en cuenta si ha obtenido ganancias por alguna transmisión.

La primera es la aplicación de los coeficientes de abatimiento para la venta de acciones, fondos de inversión o inmuebles adquiridos antes del 31/12/1994 que reducen la ganancia obtenida de manera proporcional a su antigüedad. Los expertos de Self Bank recuerdan que el contribuyente que esté en esta situación no debe confiarse ya que la Renta Web no los aplica si el contribuyente no marca la casilla correspondiente que es “Aplicación de los coeficientes reductores de la disposición transitoria 9ª de la ley de IRPF”. El contribuyente debe elegir a qué ventas lo aplica de todas las realizada desde 1/1/2015 con el límite conjunto de 400.000 euros.

Y la segunda es la reducción del 50% de la ganancia obtenida en la venta de inmuebles adquirido entre el 12 de mayo y el 31 de diciembre de 2012. Pero al igual que la anterior, es necesario marcar la casilla habilitada para ello si queremos que se aplique esa bonificación, ya que no se aplica para inmuebles adquiridos por herencia o donación.

3. Aprovechar la exención por reinversión en vivienda

Si has vendido tu residencia habitual, no olvide declararla y rellenar el apartado de la “Exención por reinversión en vivienda habitual”, ya que es una opción que debe ejercitarse en el momento de la venta aunque no haya comprado todavía la nueva vivienda. De esta forma si no invierte todo el dinero de la venta, trascurridos dos años tendrá que hacer una complementaria y tributar por la parte proporcional, consiguiendo así un diferimiento del pago del impuesto.

Y si tiene más de 65 años puedes dejar exentas sus ganancias de patrimonio de acciones, fondos de inversión o ventas de inmuebles si reinvierte el importe obtenido de la venta en una renta vitalicia en el plazo de seis meses desde la fecha de venta hasta un máximo de 240.000 euros. Para ello hay rellenar el apartado correspondiente de “Exención ganancia patrimonial por reinversión en rentas vitalicias por mayores de 65 años”. Esta es una buena manera de no tributar en la Renta y planificar tu herencia designando como beneficiaria a la persona que quieras favorecer al fallecimiento.

4. Compensar pérdidas de años anteriores

Al hacer la declaración de la Renta debe revisar las declaraciones de los últimos ejercicios y ver las pérdidas y los rendimientos negativos del capital mobiliario pendientes de compensar de los cuatroi años anteriores, así como las aportaciones a los planes de pensiones que no haya podido aplicar en este caso en los cinco ejercicios anteriores, ya que Hacienda no aplica estas partidas pendientes en el cálculo del Borrador de la Renta aunque tenga conocimiento de ellas y es necesario introducirlas manualmente.

5. No olvide las deducciones autonómicas

Hay que revisar la lista de deducciones de su Comunidad Autónoma y los requisitos, ya que éstas nunca vienen aplicadas en los borradores  y suelen olvidarse de aplicar por desconocimiento. Entre las más habituales están:

 

Por circunstancias personales y familiares: nacimiento y/o adopción, discapacidad, familia monoparental, familia numerosa, por ascendientes mayores de 75 años, por ayuda doméstica, discapacidad del cónyuge, gastos de guardería, gastos escolares o de estudios, etc.

Vivienda habitual: para compra y/o alquiler de vivienda

Donaciones a determinadas entidades

 

Sobre la firma

Virginia Gómez Jiménez
Periodista económica, con 25 años de experiencia como redactora. En la web de Cinco Días desde 2007. Anteriormente, desarrolló su actividad profesional en las secciones de Mercados de La Gaceta de los Negocios y Expansión, sin olvidar su paso por la agencia de noticias Fax Press, como experta en las materias económica, empresarial y bursátil.

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