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La CNMC le dice a LaLiga que no puede adjudicar todo el fútbol de pago a un solo operador

El regulador pide la eliminación de un lote que permitiría la emisión de nueve partidos de primera división al mismo adjudicatario Exige a los adjudicatarios que exploten los partidos también por OTT sin vincularlo a paquetes de servicios convergentes

Reuters
Javier García Ropero

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha hecho públicas las recomendaciones que ha trasladado a LaLiga, la patronal de los clubes de fútbol profesionales, de cara a la próxima comercialización de los derechos audiovisuales de la primera y la segunda división, desde la temporada 2019/2020 a la 2021/2022. 

En su informe, la CNMC pide la eliminación completa de uno de los 10 lotes que ha diseñado LaLiga para su subasta. En concreto el Lote 7, que incluye la compra conjunta de los lotes 4 y 5. El primero es el relativo al conocido como "partidazo", que permite al adjudicatario emitir en exclusiva un partido de primera y otro de segunda a su elección. El segundo incluye los otros ocho partidos de primera que pueden emitirse en plataformas de pago, ya que la ley obliga a que uno sea retransmitido por una cadena en abierto.

Las bases redactadas por LaLiga para aspirar a estos lotes permiten hacerlo de manera individualizada por cada uno de ellos, incluidas las televisiones en abierto, pero como novedad añade la posibilidad de comprarlos de forma conjunta a través del lote 7, lo que supondría que un solo operador pueda emitir todo el fútbol de pago, algo que en la anterior subasta no sucedió y que además, por las imposibilidades técnicas, excluiría de forma automática a los operadores en abierto de la puja. La CNMC cree necesario "eliminar el lote 7, por las distorsiones competitivas que este puede provocar (...) al distorsionar la adjudicación de los lotes 4 y 5 del mismo procedimiento y beneficiar injustificadamente a los operadores de televisión de pago frente a los operadores de televisión en abierto". Añade la CNMC que "un mismo adjudicatario está en disposición de acaparar para sí la práctica totalidad de los derechos del campeonato de Liga de fútbol, tanto en primera como en segunda división, y la Copa de S.M. el Rey de fútbol, de manera exclusiva en lo que se refiere a los clientes residenciales, que son, con diferencia, la principal fuente de demanda de estos contenidos", algo que "puede suponer un incumplimiento de la normativa de defensa de la competencia al permitir que determinados operadores, especialmente los operadores de televisión de pago, puedan acaparar el núcleo principal de los derechos licitados". 

El Lote 7 no es el único elemento de discordia en las bases que LaLiga presentó a la CNMC. En el Lote 4, el del referido "partidazo", incluye a los operadores en abierto como potenciales candidatos, pero también exige que el adjudicatario permita la emisión de ese partido en todas las lenguas cooficiales, algo que, para la CNMC, es una imposibilidad técnica para las televisiones generalístas.

El regulador de la competencia tampoco comprende la exigencia del ente futbolístico de que sea él mismo el que designe el partido en abierto de cada jornada, y no permita su elección al operador adjudicatario, algo que la CNMC considera más lógico. Tampoco comparte que las televisiones que adquieran cualquiera de los paquetes de partidos de primera división (el 1, 4, 5 y 7) no puedan utilizar las imágenes de los mismos para la realización de reportajes,

La CNMC, además, pide a LaLiga más transparencia a la hora de definir qué factores influyen en los criterios de adjudicación. Dice la patronal presidida por Javier Tebas que el factor económico no es el único que pesa a la hora de adjudicar un lote, aunque no detalla qué más parámetros contempla.

Emisión por internet

Según detalla competencia, LaLiga contempla que los adjudicatarios de los partidos de pago estén obligados a explotarlos a través de plataformas OTT (por internet), permitiendo su contratación sin tener que vincularse a una oferta de servicios convergentes, como telefonía móvil o fibra, ni a otro tipo de canales. Es decir, en el hipotético caso de que Telefónica adquiriese los partidos de pago, tendría que explotarlos a través de una plataforma OTT sin exigir que el cliente contrate otros servicios de la compañía.

Para la CNMC  "no es aceptable y resulta desproporcionado que la entidad licitante decida también cómo debe comercializarse el contenido ya que no están en la misma situación competitiva aquellos operadores que, al poder prestar servicios convergentes de comunicaciones electrónicas y televisión de pago, han optado por comercializar distintos productos de manera convergente que aquellos que, al no disponer de este tipo de productos, optan por otras formas de comercialización". Por ejemplo, Mediapro, que a través de su plataforma OTT Bein Connect ya explota estos partidos sin necesidad de vincularse a más servicios.

Sobre la firma

Javier García Ropero
Redactor de la sección de empresas, especializado en distribución, gran consumo y economía del deporte. Licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid y Especialista en información económica de la UIMP. Desarrolla su carrera en CincoDías desde 2011 tras haber pasado por El Mundo y Vocento.

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