El pasajero puede demandar en el país de destino final a todas las compañías que participen en las escalas
Las compañías intermediarias están obligadas a que los vuelos con escalas lleguen a su destino
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que cuando un vuelo con conexión sufre un retraso considerable en alguna de las escalas, los pasajeros podrán demandar a la compañía aérea del vuelo que se retrasó ante los tribunales del lugar de destino final. De esta forma el TJUE ha resuelto las demandas interpuestas por dos pasajeros que sufrieron retrasos en su vuelo con escala.
Concretamente, el primer trayecto iba desde Ibiza hasta Düsseldorf, con escala en Palma de Mallorca y el otro salía de Melilla con destino Fráncfort, con una conexión en Madrid . A pesar de haber sido reservados por las aerolíneas Air Berlin e Iberia respectivamente, los vuelos entre ciudades españolas los operaba la compañía española Air Nostrum.
Y en ambos casos, el primer vuelo sufrió un retraso que provocó que los pasajeros perdiesen la escala, llegando a los destinos alemanes con 4 y 12 horas de retraso. Los pasajeros han demandado ante tribunales alemanes a la aerolínea española responsable de la demora.
El caso ha llegado hasta el TJUE, que ha dictaminado que los tribunales del país del destino final, Alemania en este caso, son competentes para demandar a la compañía aérea que ha provocado un retraso en alguno de los vuelos del trayecto completo. Los magistrados del TJUE basan su decisión en el Reglamento de Bruselas I y consideran que, a pesar de que el vuelo con retraso no tenía como destino Alemania, las acciones judiciales pueden ejercerse desde allí.
A pesar de que los pasajeros no contrataron los servicios específicos de Air Nostrum, fueron Air Berlin e Iberia las que lo hicieron al incluir vuelos de esa aerolínea como conexión en el trayecto España-Alemania. A este respecto, el tribunal de Luxemburgo observa que de acuerdo al Reglamento 261/2004 relativo a los derechos de los pasajeros aéreos, los contratos derivados de una única reserva para un trayecto, obligan a las compañías aéreas intermediarias a que los vuelos con escalas lleguen a su destino.