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Las cooperativas vascas podrán segregar plantilla y parte del negocio

Cambios para facilitar alianzas con empresas de economía social y mercantiles Los trabajadores por cuenta ajena podrán suponer hasta el 30% de la plantilla

María Jesús San José, consejera de Trabajo y Justicia del Gobierno vasco.
María Jesús San José, consejera de Trabajo y Justicia del Gobierno vasco.

Euskadi contará cinco lustros después con una nueva normativa para las 1.300 cooperativas vascas, que suman una facturación global de 9.182 millones y 54.000 empleos directos. Aportan el 7% del PIB de la comunidad autónoma, un impacto de relevancia que ha animado al Gobierno de Vitoria a estrenar un marco regulatorio para estas empresas de economía social.

María Jesús San José, consejera de Trabajo y Justicia del Ejecutivo de Iñigo Urkullu, ha adelantado esta semana que su departamento ha remitido al Parlamento de Vitoria el anteproyecto de Ley de Cooperativas de Euskadi. Según las previsiones, la cámara vasca pudiera dar trámite a la nueva normativa durante el último trimestre del ejercicio en curso.

El objetivo de este cambio regulatorio es que las cooperativas puedan disponer de las herramientas necesarias para competir en igualdad de condiciones con las sociedades mercantiles en una economía global que cambia cada día. Y todo con una garantía jurídica que respalde a las cooperativas y sus socios,

El contenido del anteproyecto, que cuenta con 144 artículos y presenta una batería de novedades, ha sido consensuado con los protagonistas del mundo de la economía social de Euskadi. Desde Corporación Mondragón hasta Konfekoop, el organismo representativo del sector, pasando por las tres universidades de Euskadi, entre otros agentes.

Las cooperativas generan en Euskadi un impacto del 60 % en empleo y valor añadido. En Europa es del 20 %

La responsabilidad en caso de quiebra queda limitada al patrimonio de la cooperativa. Los socios pierden sus ahorros

María Jesús San José y su equipo son conscientes del citado impacto de las cooperativas en la economía vasca. El trabajo asociado que generan en Euskadi (empleo más valor añadido) alcanza un nivel del 60%, cuando la media en Euskadi es del 20%.

Entre otros apartados, la nueva regulación posibilita la segregación de actividades, lo que puede facilitar la fusión entre cooperativas o las alianzas con otras empresas fuera del ámbito de la economía social. Este asunto es clave para facilitar pactos que puedan hacer crecer el negocio. Si un posible socio no puede entrar en el capital de una cooperativa, que está al 100% en manos de sus fundadores, sí puede forjar un pacto en base a una parte del negocio de la empresa vasca que previamente se haya escindido.

El artículo 87 del anteproyecto de ley incluye hasta la posibilidad de fusión por absorción de una cooperativa por parte de una empresa mercantil, aunque ciñe el ámbito de estas operaciones al sector agroalimentario. La citada segregación de parte del negocio de una empresa de economía social podrá incluir a la plantilla que opera en esa división.

En otro ámbito, el anteproyecto de Ley de cooperativas de Euskadi acota las responsabilidades de los socios de estas empresas en el caso de que entren en quiebra. En esta circunstancia, la futura normativa estipulará que la empresa responderá con su patrimonio a los acreedores, mientras que los cooperativistas perderán todas sus inversiones, tanto las aportaciones iniciales que realizaron para entrar en la compañía como el dinero entregado a posteriores ampliaciones de capital.

En ningún caso, los cooperativistas tendrán que responder con su patrimonio personal. La ley actual, que no ciñe tan concretamente ese escenario, puede dar lugar a problemas de interpretación cuando una cooperativa entra en crisis. Por esta circunstancia, algunos de los socios de la extinta Fagor Electrodomésticos realizaron separación de bienes con sus cónyuges, a cuya titularidad quedaron las anteriores propiedades comunes (vivienda, vehículos, fondos de inversión, etcétera).

Una situación por tanto más clara para los cooperativistas, que en cualquier caso sufrirían la pérdida de sus ahorros si el proyecto empresarial en el que están embarcados fracasa. Mientras, 959 ex socios de Fagor Electrodomésticos y Edesa Industrial mantienen su demanda contra Corporación Mondragón, a la que reclaman 47,8 millones por la pérdida de sus ahorros a cuenta de la desaparición del antiguo líder de línea blanca. Con protestas periódicas ante la sede de la multinacional en Arrasate-Mondragón y en otras localidades de Gipuzkoa, han conseguido que se inicie un proceso judicial el próximo mayo en los Juzgados de Bergara, donde tendrán que declarar como testigos antiguos directivos de Corporación Mondragón y de Fagor Electrodomésticos,

El anteproyecto de ley también se centra en la posibilidad de que las cooperativas puedan aumentar en su plantilla el porcentaje de trabajadores por cuenta ajena. Si en territorio común puede alcanzar entre el 40% y el 50%, el cambio normativo en Euskadi elevará ese porcentaje al 30%, desde los anteriores niveles del 20% o 25%. Aunque son ratios de referencia. Por ejemplo, el grupo de distribución Eroski o el fabricante de componentes de automoción Matrici están por encima de esos niveles por el desarrollo de sus respectivos negocios.

En el ámbito de los administradores de las cooperativas, el anteproyecto de ley especifica que deberán desempeñar su cargo “con la lealtad de un representante fiel, obrando de buena fe en el mejor interés" de la empresa.

Hay una serie de escenarios que entran dentro de la lógica empresarial pero que la nueva normativa recalca. Como que estos gestores no pueden entrar en proyectos que sean competidores de la propia cooperativa que dirigen. En los casos en los que su labor profesional provoque “dolo o culpa”, deberán responder de sus actuaciones con indemnizaciones por el daño causado.

La futura normativa también incluye una mayor profesionalización de los miembros del consejo de dirección. Los gestores de trayectoria contrastada podrán ocupar una tercera parte de los puestos de este órgano de gobierno (antes era la cuarta parte). El resto de los puestos en el consejo corresponderá a los socios.

La figura del administrador de la cooperativa está ligada a la gratuidad de su labor, aunque el anteproyecto de ley incluye la posibilidad de que puedan ser remunerados a partir de 2019, con la entrada en vigor de la normativa. En los estatutos de cada cooperativa quedará fijado su sueldo, previa aprobación por parte de la asamblea de socios. En cualquier caso, esas retribuciones “deberán guardar una proporción razonable con “la situación económica” de la cooperativa de turno.

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