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La banca tendrá limitaciones en la venta cruzada de seguros

Deberá informar al cliente del coste exacto de cada póliza Habrá que señalar la posibilidad de contratar por separado

Sede de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP).
Sede de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP).Pablo Monge
Miguel Moreno Mendieta

La venta de seguros por parte de bancos se va a complicar. El Gobierno ha aprobado un anteproyecto de ley de distribución de seguros que establece nuevas trabas a la venta cruzada de pólizas. La normativa se origina en una directiva europea y tiene pendiente ser aprobada por el Parlamento.

La nueva ley regula también la figura del corredor de seguros, la de los comparadores de precios (como Rastreator) pero la disposición con más calado para el sector es la referida a la venta cruzada.

Durante los últimos cinco años, los bancos han encontrado en sus filiales de seguros un filón muy atractivo para conseguir ingresos, en un momento de caída generalizada de la venta de préstamos personales y créditos hipotecarios.

Los seguros se han utilizado en muchas ocasiones como gancho para fidelizar: si el cliente quería tener una hipoteca con mejor precio o acceder a ciertos servicios, debía contratar un seguro de vida o un seguro de hogar. De hecho, la nueva ley hipotecaria ya limita la práctica de vincular la venta de hipotecas a la contratación de un seguro, y exige a las entidades que informen al cliente de la posibilidad de contratar la póliza con una aseguradora diferente al grupo que concede el préstamo.

La directiva europea persigue generar una mayor transparencia en este tipo de contratos. El anteproyecto de ley introduce por primera vez el concepto de ventas cruzadas, e incorpora la obligación para el distribuidor de seguros de informar al cliente, cuando el contrato de seguro se ofrezca conjuntamente con servicios o productos auxiliares, "si los distintos componentes pueden adquirirse separadamente".

Además, el distribuidor (generalmente una sucursal bancaria) deberá aportar justificantes de los costes y gastos de cada componente.

La Asociación Española de Correduerías de Seguros (Adecose) ha denunciado en varias ocasiones que los bancos abusan en ocasiones de su relación privilegiada con el cliente bancario para venderles pólizas a precios por encima de los del mercado.

Seguros de vida-ahorro

El anteproyecto de ley, que transpone la Directiva 2016/97, también establece requisitos adicionales para la venta de productos de inversión basados en seguros, que son los que mayoritariamente venden los bancos. La nueva regulación trata de prevenir "potenciales conflictos de intereses".

Además, se ampliarán las obligaciones de información para los usuarios de productos de inversión basados en seguros. El distribuidor deberá informar con claridad de todos los costes y gastos asociados, incluidos el coste de asesoramiento, cuando proceda, el coste del producto de inversión basado en seguros, y la forma en que éste podrá pagarlo, así como cualquier pago relacionado con terceros.

Un informe de la firma Global Actuarial señalaba que en el caso de los seguros de vida-ahorro (aquellos diseñados más como producto financiero que como producto asegurador), la diferencia entre contratar directamente con una aseguradora y hacerlo con el banco puede ser del 48%. Es decir, que sale un 48% más caro contratar directamente en la oficina.

Sobre la firma

Miguel Moreno Mendieta
(Madrid, 1979) es licenciado en Derecho y Economía por la Universidad Carlos III. También cursó el Máster de Periodismo de El País. Se incorporó al periódico Cinco Días en 2006, tras pasar por la web de El País y Mi cartera de Inversión. Escribe sobre el sector financiero, con un foco especial en fondos de inversión y los seguros.

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