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Ron defiende la pensión que le reclama Santander con informes de Garrigues y Sagardoy

El BCE ya reclamó a Popular en mayo de 2017 los 25 millones de bonus y remuneración por prejubilación La carta del supervisor fue analizada en la comisión de retribución de la entidad intervenida ya el pasado año

Angel Ron, expresidente de Banco Popular, junto, al exconsejero delegado, Pedro Larena
Angel Ron, expresidente de Banco Popular, junto, al exconsejero delegado, Pedro LarenaEL PAÍS

Santander ha decidido aplicar ya una nueva normativa europea para negar a los expresidentes de Popular Ángel Ron y Emilio Saracho y a los exconsejeros delegados de la entidad Francisco Gómez, Pedro Larena e Ignacio Sánchez Asiaín, entre otros consejeros, el cobro de 25 millones de euros en concepto de retribuciones variables, incluidas prejubilaciones. En el caso de Ron y Gómez, les reclama cantidades ya percibidas. Saracho y Sánchez Asiaín, por su parte, renunciaron a estas remuneraciones tras las pérdidas del banco en 2016.

Fuentes cercanas al proceso aseguran que ha sido el Banco Central Europeo (BCE) el que ya reclamó por carta en mayo de 2017 la retirada de estas pensiones al considerarlas retribución variable y concedidas en un banco en pérdidas.

La comisión de retribuciones de Popular lo analizó justo unos días antes de que la Junta Única de Resolución (JUR) decidiera la resolución y venta de la entidad a Santander el pasado 7 de junio. Aunque ha sido Santander, como han publicado El País y El Confidencial, el que ha presentado demandas civiles contra Ron y Gómez, así como contra Mapfre –la aseguradora que abona la prejubilación al expresidente de Popular– reclamando la devolución de cantidades abonadas en ejercicios anteriores en concepto de retribución variable. El banco presidido por Ana Botín se acoge, entre otras, a la cláusula de recuperación o clawback contemplada en la política de remuneraciones de Popular aprobada en 2015.

Esta disposición establece que el banco puede exigir a los beneficiarios la devolución de la retribución variable anual durante los tres años siguientes a la liquidación y abono de esta si se pone de manifiesto que se ha percibido con arreglo a información cuya falsedad o inexactitud grave quede demostrada a posteriori, de forma manifiesta. También será exigible esta remuneración variable si afloran riesgos asumidos durante el periodo considerado u otras circunstancias no previstas ni asumidas por el banco, que tengan un efecto negativo material sobre las cuentas de resultados de cualquiera de los años de periodo de clawback.

Ron, por su parte, cuenta con un informe de Garrigues y otro encargado por Saracho en 2017 a Sagardoy (en concreto, a Martín Godino) que contradicen los argumentos del despacho de Uría, presentado por Santander , según afirman fuentes jurídicas cercanas al expresidente de Popular. Otras fuentes, sin embargo, recuerdan que la consideración de retribución variable de la pensión de Ron proviene del BCE.

Fuentes jurídicas cercanas a Ron aseguran que no está claro que una pensión por prejubilación, aunque sea repartida en 11 años, pueda considerarse retribución variable, más cuando estas pensiones han sido aprobadas por el consejo de Popular y de su junta de accionistas. Y añaden que el expresidente ya renunció a cobrar indemnización alguna, ni variable, ni bonus cuando salió en febrero de 2017 de Popular.

Popular incorporó las cláusulas que ahora reclama Santander a su sistema de retribuciones en el marco de la adaptación de Basilea III al ordenamiento jurídico de la Unión Europea (UE) antes de que fuesen de obligado cumplimiento.

Unos salarios en cuestión

Varios accionistas ya reclamaron en la junta de febrero de 2017 que Ángel Ron y el resto de los miembros de la cúpula del banco hasta entonces no cobrarán indemnización ni pensiones multimillonarias tras su salida tras haber presentado el banco pérdidas de 3.500 millones de euros.

Fuentes jurídicas vinculadas a Ángel Ron aseguran que el expresidente tiene derecho a su pensión tras haber trabajado en la entidad 32 años, según fijan los estatutos de Popular de 1979, en las mismas condiciones que el resto de los directivos y consejeros, que hayan trabajado más de 20 años.

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