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Aemec interpondrá un recurso ante la UE sobre la resolución de Popular

El reglamento de resolución de entidades de crédito "podría vulnerar los derechos fundamentales del Derecho de la UE" El organismo exige que los accionistas afectados reciban una compensación económica

Sucursal de Banco Popular
Sucursal de Banco PopularPablo Monge

La Asociación Española de Accionistas Minoritarios de Empresas Cotizadas (Aemec) impugnará este viernes en Bruselas la resolución sobre el Banco Popular por la Junta Única de Resolución (JUR).

El recurso, que será interpuesto en representación de los 3.000 accionistas afectados a través del despacho de abogados Cremades & Calvo-Sotelo, se presentará ante el Tribunal General de la Unión Europea (TIGUE).

Por su parte, Aemec confía en que este procedimiento se resuelva de manera favorable para los afectados y permita obtener una compensación justa tanto para accionistas como para los obligacionistas. 

El reglamento de resolución de entidades de crédito con el que se justificó la intervención “podría vulnerar los derechos fundamentales reconocidos por el Derecho originario de la UE". Además, la asociación señala que dicha ley no reconoce el pago de compensación a los accionistas y acreedores, ni les confiere trámite de audiencia”.

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Asimismo, la Aemec indica que “la situación patrimonial del Banco Popular en absoluto justificaba la medida extrema tomada por la JUR, ni en términos de solvencia ni de liquidez, ya que la resolución fue fruto de una falta evidente en el ejercicio de la vigilancia prudencial ordinaria de la entidad por los reguladores”. Así, añade que “estos disponían desde mucho antes de la supuesta situación de crisis de un Plan de Recuperación y Gestión del Banco, así como de un Plan de Liquidez plenamente respaldado por activos descontables”.

La Aemec arremete contra la JUR y asegura que “el recurso pretende demostrar que en una valoración en escenario de concurso (valoración patrimonial), el accionista hubiera recibido un mejor tratamiento que en la valoración llevada a cabo para un escenario de resolución por falta de liquidez, por lo que esta ha de considerarse desproporcionada e injusta”. 

Sin embargo, la entidad explica que el fin del recurso no es conseguir la nulidad del acto para recuperar la propiedad del banco, pues los accionistas representados por Aemec consideran que esa retroacción “es ya inviable y sólo esperan una adecuada compensación económica por las acciones, cifrada en 1,85 euros por acción”. Esta cantidad proviene de las últimas cuentas anuales auditadas disponibles, según las cuales el capital de máxima calidad de la entidad (CET 1 o Core EquityTier 1, en la jerga) ascendía a 7.808 millones de euros. 

Antes de la resolución, el número de acciones de Banco Popular era de 4.200 millones. Ambas magnitudes dan como valor unitario de la acción 1,85 euros, precio que “razonablemente podría considerarse que los accionistas hubieran podido percibir tras el ordenado proceso de liquidación de un hipotético concurso de acreedores”, concluye la asociación. 

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