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Mercados

La CNMV ata en corto a las cotizadas para que no manipulen sus acciones

29 empresas tendrán que reformular sus contratos de liquidez en un máximo de dos meses El objetivo es evitar que distorsionen los precios con compras de autocartera

El presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Sebastián Albella.
El presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Sebastián Albella.Efe

La CNMV endurece la operativa para dar liquidez a las acciones con el objetivo de evitar que las empresas utilicen esta fórmula para distorsionar los precios. El organismo que preside Sebastián Albella ha aprobado una circular que regula al máximo los requisitos para que las empresas cotizadas pueden utilizar este recurso para incrementar su negociación en Bolsa. 

El reglamento de abuso de mercado (MAR, por sus siglas en inglés), plenamente en vigor desde julio del año pasado, define de manera extensa la operativa que se considera manipulación de mercado. Y bajo esta definición podría incluirse la práctica de las empresas de firmar contratos de liquidez para que eleven el volumen de sus acciones. Lo usual es que lleguen a un acuerdo con un intermediario para que compre acciones propias; es decir, autocartera que puede suponer hasta el 10% del capital social de la empresa. 

La Ley del Mercado de Valores proscribe que se puedan utilizar estos contratos para frenar la caída de las acciones, y en 2007 la CNMV publicó una circular que describía el puerto seguro de las empresas para utilizar sin riesgos los contratos de liquidez. Pero la redacción era poco precisa y, como reconoce el propio supervisor en el preámbulo de la norma actual, el nuevo texto tiene como "objeto dar cumplimiento al reglamento mencionado e introducir mejoras a la luz de la experiencia recabada en relación con los contratos de liquidez que han estado al amparo en los últimos años [...].

Ya en julio de 2013, viendo ciertas irregularidades en el uso de la autocartera, la CNMV elaboró un decálogo de recomendaciones sobre el uso de las acciones propias. Eran meramente recomendaciones, no tenían rango de circular, si bien el supervisor elaboró unos meses más tarde incluso una lista con las cotizadas más éticas que habían hecho suyos los consejos.

Más información
<b>Documento</b> Circular sobre autocartera de la CNMV

A cierre de 2016, eran 29 compañías las que tenían firmado un contrato de liquidez, entre ellas algunas de primera línea como Técnicas Reunidas, Euskaltel, Liberbank, Gamesa, Indra, Sacyr, Cellnex, Dominion y Axiare.

Todas ellas tendrán que realizar un nuevo contrato en un plazo máximo de dos meses desde que se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE), pero fuentes de la CNMV señalan que lo más aconsejable es no agotar el plazo y mandar el nuevo contrato en el menor espacio de tiempo. Por supuesto, los nuevos acuerdos de liquidez tendrán que regirse por la nueva circular.

La nueva norma va más allá, tanto de la de hace 10 años como de las recomendaciones, al establecer varias requisitos sobre nueve cuestiones clave:

  1. Condiciones para la introducción o modificación de las órdenes en los períodos de subasta, referidas al precio y volumen. 
  2. Condiciones para la realización de operaciones en el segmento de bloques: sólo se permitirán en el caso de que la ejecución de la orden de sea a petición de un tercero distinto del emisor de las acciones y del intermediario financiero que actúa en su nombre.
  3. Umbrales de volumen asociados al grado de liquidez de las acciones (según criterio MIFID) objeto del contrato de liquidez (15% para las de mayor liquidez; 25% para el resto).
  4. Nivel máximo de recursos que podrán ser asignados al contrato de liquidez asociados al grado de liquidez de las acciones (según criterio MIFID).
  5. Obligatoriedad de que el intermediario financiero que ejecuta la práctica de mercado sea un miembro de mercado.
  6. Necesidad de mantener a largo plazo un equilibrio entre el volumen de las compras y venta.
  7.  Extensión del ámbito de aplicación de la práctica de mercado a los sistemas multilaterales de negociación.
  8. Condiciones especiales para acciones que se negocien en la modalidad de ‘fixing’.
  9. Supuestos en los que la operativa del contrato de liquidez debe suspenderse.

Además de esta circular, la CNMV presentará en el segundo semestre un análisis comparativo de las diferentes normativas y prácticas supervisoras de autocartera en otras jurisdicciones (Unión Europea y EE UU) con la finalidad de valorar si es conveniente alguna actuación en este ámbito, según recoge el supervisor en su plan de actividades para este ejercicio. El objetivo es presentar una lista de recomendaciones con las prácticas aceptables y las proscritas en general, al margen del puerto seguro que suponen los contratos de liquidez, que se nutren de compras de autocartera. 

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