El Tribunal Supremo anula suspensión del 30% de los vuelos de Barajas
Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid hacía prevalecer el derecho a la intimidad domiciliaria de los vecinos por el ruido que provocan los aviones
El Supremo ha anulado el auto del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que ordenaba suspender el 30% de los vuelos del aeropuerto de Barajas que sobrevuelan la urbanización madrileña de Santo Domingo. La denuncia fue interpuesta por los vecinos de la urbanización Santo Domingo, próxima al aeródromo.
Según informó hoy este tribunal, la Sala de lo Contencioso Administrativo ha considerado que aquel auto, que había sido suspendido provisionalmente y recurrido ante el Supremo, no ejecutaba adecuadamente su sentencia de 2008.
Aquella sentencia dictaminó que la pista 18R/36L de Barajas vulnera el derecho a la intimidad domiciliaria de los vecinos por el ruido que provocan los aviones que sobrevuelan la urbanización Ciudad Santo Domingo.
El Supremo señalará en la sentencia las posibilidades existentes para encontrar un equilibrio entre los derechos de los vecinos y el interés general; lo que ha anunciado hoy es solamente el fallo.
Aena alertó de la posible pérdida de decenas de miles de empleos si se suspendía el citado 30% de vuelos. Según un informe oficial de Aena, el cierre de esta pista o la limitación de sus operaciones supondría dejar de crear en la región unos 14.000 puestos de trabajo, que supondrían unos 42.000 en toda España. "No debemos olvidar que este aeropuerto es la primera empresa de la Comunidad de Madrid y el principal centro productivo de España", apunta el informe.
El fallo pone punto final a un conflicto que dura ya más de una década, el que gira en torno a la ruidosa pista 18R/36L de Barajas.