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Tres trámites que debes hacer antes de empezar como autónomo o pyme

Existen una serie de gestiones que debes realizar antes de empezar una actividad como autónomo o crear una pyme. Estos pasos previos son indispensables para evitar gastos innecesarios y asegurarnos de que podremos llevar a cabo la actividad elegida sin problemas legales.

El colectivo de los autónomos crece, especialmente a raíz de la recuperación económica. Este interés por el emprendimiento y el autoempleo ha llevado a muchos a generar sus propias empresas. Sin embargo, el desarrollo de esta actividad requiere realizar una serie de trámites previos, según informan desde la página web de la Generalitat de Catalunya.

El primero de ellos pasa por determinar si, para trabajar en aquello que se ha elegido, es necesario tener un lugar. En el caso de que así sea, el interesado debe comprobar previamente si la actividad es compatible con los usos urbanísticos determinados en el plan de usos del municipio donde pretenda llevarla a cabo.

De igual modo, hay que comprobar que la actividad se puede llevar a cabo. Para ello, deberá solicitar la correspondiente licencia municipal al ayuntamiento en el que se ubique esta. En el caso de requerir realizar obras, de nuevo, será necesario pedir al ayuntamiento el permiso pertinente.

A continuación, el emprendedor debe realizar los trámites relacionados con la apertura. Para ello, deberá solicitar el permiso de inicio de nueva actividad comercial. Un paso para el que deberá dirigirse a la regidoría de urbanismo del consistorio.

En este sentido, se recomienda realizar este trámite antes de seleccionar el local comercial en el que se va a trabajar, a fin de obtener la máxima información posible sobre los diferentes costes que supondrá.

En tercer lugar, el emprendedor debe acudir al Registro de la Propiedad y llevar a cabo una declaración previa de inicio de actividad. En este paso se llevará a cabo una declaración previa de inicio de actividad y se solicitará el CIF provisional de la empresa. En caso de que se trate de personas físicas que se constituyen en autónomos individuales, el CIF coincidirá con el NIF particular.

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