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Cambios en la memoria abreviada que debe presentar una pyme

Las pymes podrán presentar la memoria anual de cuentas en formato abreviado si cumplen los requisitos establecidos en la reforma de la Ley de Sociedades

La reforma de la Ley de Sociedades de Capital ha introducido una serie de modificaciones que las pymes deben tener en cuenta a la hora de presentar sus cuentas anuales. Según informan desde Verges Abogados, las pymes deberán formular la memoria de cuentas en formato abreviado, siempre que se reúnan al menos dos de los tres requisitos que establece la ley.

Por un lado, el total de las partidas de activo no debe superar los cuatro millones de euros y la cifra anual de negocio tendrá que ser inferior a ocho millones de euros. Por otro lado, si la pyme no cumple alguno de esos dos requisitos, podrá acogerse a la opción de memoria abreviada siempre y cuando el número medio de empleados de la empresa durante el ejercicio no sea superior a 50.

Además, la ley introduce otra serie de modificaciones importantes:

Así, con la reforma, han desaparecido dos requisitos que se exigían hasta ahora. El relativo a la obligación de informar sobre las sociedades de las que la pyme participaba y la necesidad de detallar el importe global de los salarios, dietas y otras remuneraciones de los miembros del órgano de administración y de los trabajadores de alta dirección de la empresa.

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