Becas para libros, guardería, transporte y comedor en La Rioja
Descubre todos los detalles sobre las ayudas en la etapa obligatoria en La Rioja
Becas libros: completo
En la Rioja los alumnos que estén cursando Primaria y la ESO pueden optar a una ayuda del Gobierno autonómico para abaratar la adquisición de los libros de textos. En función de si el estudiante beneficiario de la ayuda se encuentra en Primaria o en la ESO recibe una cantidad de dinero en este concepto variable, 90 euros en Educación Infantil y 140 en la ESO.
Para los alumnos cuyos tutores sean perceptores del "complemento para la lucha contra la Pobreza Infantil" que concede el Gobierno de La Rioja, el dinero de la ayuda aumenta hasta los 160 euros en la educación primaria y hasta los 240 en la secundaria.
Los requisitos para poder optar a la subvención son:
- Estar matriculado en E. Primaria o en E.S.O. en el curso 2016/2017
- No repetir curso (excepto 1º y 2º Primaria y 2ª y 4ª ESO)
- Renta per cápita del ejercicio 2015 no podrá superar la cantidad de 6.000 €
- Rendimiento capital mobiliario no podrá superar la cantidad de 2.000 €
- Tener residencia efectiva en la Comunidad Autónoma de La Rioja
- Factura igual o superior al importe de la subvención
- Para obtener la cuantía otorgada para la lucha contra la pobreza infantil, ser perceptores del "complemento para la lucha contra la Pobreza Infantil" que concede el Gobierno de La Rioja.
La forma de presentación bien puede ser de forma electrónica o de manera presencial. Presencialmente se entrega la solicitud en el propio centro donde esté el alumno matriculado o en las oficinas de registro de La Rioja.
El plazo ordinario para la solicitud de la ayuda de compra de material curricular ya ha expirado para este curso, ya que fue del 27 de mayo al 13 de junio, ambos inclusive. Existe un periodo extraordinario de 10 días hábiles para los alumnos nuevos o que no tuvieran plaza asignada o reservada en el periodo ordinario.
- Becas comedor:
Según la consejería de educación de La Rioja, “hemos conseguido un contrato que por volumen tiene un precio bastante reducido, de 4 euros al día por menú, lo que hace unos 80 euros al mes”.
Para aliviar los bolsillos de las familias riojanas cuyos hijos estén en Segundo Ciclo de Educación Infantil y Primaria, su comunidad pone a su disposición un sistema de subvención también para el comedor escolar.
Hay tres tipos de ayudas:
Ayuda tipo 1: 480 € (renta per cápita inferior o igual a 4.000 €)
Ayuda tipo 2: 240 € (renta per cápita entre 4.000,01 y 4.600 €)
Ayuda tipo 3: 180 € (renta per cápita entre 4.600,01 y 6.000 €)
Los alumnos que disfruten de una beca de transporte reciben la totalidad de la ayuda al comedor.
Los requisitos para optar a la ayuda son los siguientes:
- No percibir ayudas con finalidad similar, provenientes de otros organismos públicos o privados.
- Estar matriculado en E. Primaria o en E.S.O. en el curso 2016/2017.
-Renta per cápita del ejercicio 2015 no podrá superar la cantidad de 6.000 €.
- Rendimiento capital mobiliario no podrá superar la cantidad de 2.000 €.
- Tener residencia efectiva en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Al igual que con las ayudas de libros de texto la forma de presentación bien puede ser de forma electrónica o de manera presencial. Presencialmente se entrega la solicitud en el propio centro donde esté el alumno matriculado o en las oficinas de registro de La Rioja.
El plazo ordinario para la solicitud de la ayuda de compra de material curricular ya ha expirado para este curso, ya que fue del 27 de mayo al 13 de junio, ambos inclusive. Existe un periodo extraordinario de 10 días hábiles para los alumnos nuevos o que no tuvieran plaza asignada o reservada en el periodo ordinario.
- Becas transporte:
Las ayudas individualizadas al transporte en La Rioja están enfocadas a aquellos alumnos de etapa obligatoria que no puedan hacer uso de las rutas de transporte escolar regulares.
Los beneficiarios que puedan ser usuarios de una ruta de transporte público regular, recibirán como subvención el precio del billete o, en su caso, el abono más reducido existente en el mercado aplicable a estudiantes.
Para aquellos estudiantes que precisen utilizar un transporte privado se les otorgara una cuantía u otra en función del número de kilómetros entre su hogar y el centro educativo:
- Hasta 10 Km: máximo 350 euros alumno/curso -De más de 10 km hasta 15 km: máximo 425 euros alumno/curso -De más de 15 km hasta 20 km: máximo 550 euros alumno/curso -De más de 20 km hasta 30 km: máximo 650 euros alumno/curso -De más de 30 km hasta 40 km: máximo 750 euros alumno/curso -De más de 40 km: máximo 825 euros alumno/curso
Para los alumnos que tuvieran que disponer de un taxi para acudir al centro, se les prepara estas subvenciones en función de los kilómetros a recorrer:
- Hasta 10 Km.: máximo 1.300 euros alumno/curso -De más de 10 km. hasta 20 km.: máximo 3.150 euros alumno/curso -De más de 20 km. hasta 30 km.: máximo 4.700 euros alumno/curso -De más de 30 km. hasta 40 km.: máximo 6.300 euros alumno/curso -De más de 40 km.: máximo 8.400 euros alumno/curso
Existen además de las ayudas de uso diario, unas ayudas de fin de semana para los alumnos que vivan en residencias de cara a facilitar su regreso al hogar en fin de semana.
Para los alumnos que sean usuarios de una ruta regular de escolares para el traslado desde su domicilio familiar hasta el centro donde se encuentren escolarizados, pagarán un 50% del coste del servicio de transporte regular de escolares que tenga que hacer frente dicho beneficiario, por el desplazamiento desde su localidad de residencia hasta la localidad del centro donde se encuentre escolarizado.
Los requisitos para el acceso a estas subvenciones por parte de La Rioja en materia de transporte es que se cumpla alguno de los siguientes supuestos:
- Alumnos de 2º Ciclo de Educación Infantil, de Primaria y ESO que no dispongan de un centro adecuado a su nivel de estudios en su localidad y que además no puedan hacer uso de las rutas de transporte escolar contratadas por la Consejería de Educación.
- Aquellos estudiantes que reciban su enseñanza en Escuelas-Hogar u otros centros con para el traslado a sus domicilios durante los fines de semana cuando la Consejería de Educación no tenga contratado un servicio de transporte para éste fin.
-Los alumnos con necesidades educativas especiales por motivos de diversidad funcional motora que cursen Bachillerato o Ciclos Formativos de Grado Medio y que deban desplazarse de su localidad de residencia a un centro de otra localidad.
Excepcionalmente, también se otorga en los siguientes supuestos:
- Alumnos escolarizados en los niveles de Educación Especial Infantil, Educación Básica y Transición a la Vida Adulta, en centros sostenidos con fondos públicos de La Rioja o en centros educativos de Comunidades Autónomas limítrofes, por ser estos últimos más próximos a su localidad de empadronamiento que los existentes en un municipio riojano, que tengan necesidad específica de apoyo educativo. La ayuda se concedería siempre que existieran circunstancias extraordinarias que así lo aconsejen, previo informe razonado del Servicio competente en materia de atención a la diversidad. En este último supuesto se podrán financiar los gastos de residencia (internado y manutención).
- Alumnos de Educación Infantil, Enseñanza Obligatoria en centros educativos sostenidos con fondos públicos de Comunidades Autónomas limítrofes, por ser éstos más próximos a su localidad de empadronamiento que los existentes en un municipio riojano, siempre y cuando tales alumnos no dispongan, en la localidad donde tengan fijado su domicilio familiar, de centro docente adecuado al nivel de estudios que deben cursar y no puedan hacer uso de las rutas de transporte escolar contratadas por la Consejería competente en materia de Educación.
- Alumnos escolarizados en Bachillerato o en Ciclos Formativos, en centros docentes públicos de esta Comunidad, o de Comunidades limítrofes, por ser estos últimos más próximos a su localidad de empadronamiento.
La solicitud se podrá presentar de forma electrónica o bien de forma presencial en el centro donde el alumno esté matriculado. El plazo ordinario para los alumnos matriculados hasta el 31 de julio de 2016 es desde el 1 al 23 de septiembre, ambos inclusive. Existe un periodo extraordinario de 10 días hábiles a partir de la fecha de matriculación.
- Ayudas guardería:
En La Rioja las ayudas a la guardería las gestiona cada Ayuntamiento, tomaremos como ejemplo el Ayuntamiento de Logroño para dar una pista sobre las condiciones que se pueden encontrar las familias a la hora de solicitarla.
Los requisitos que estipula la municipalidad son:
- Estar empadronado en el municipio de Logroño, toda la Unidad familiar a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes (Se exceptúa de este requisito a los menores en acogida)
- Que accedan a las Escuelas Infantiles “El Arco”, “El Cubo”, “Casa Cuna” o a Centros educativos de Primer Ciclo de Educación Infantil de carácter privado ubicados en el término municipal de Logroño y en posesión de la autorización administrativa del Gobierno de La Rioja.
- No gozar de ayudas o subvenciones con finalidad similar, provenientes de otras instituciones y organismos públicos o privados.
- Aportar, junto con la solicitud, la documentación que se exige en las presentes bases reguladoras.
- No ser deudor de la Hacienda Municipal a fecha de la adjudicación provisional.
- Los ingresos económicos totales de la unidad familiar que se solicitarán a la Agencia Estatal Tributaria, o que en su caso deberán aportar los interesados, son los referidos a la Declaración de la Renta del 2015.
- Haber presentado ambos progenitores Declaración de la Renta del ejercicio 2015 con domicilio fiscal en La Rioja o, en caso de no tener obligación de presentarla, acreditar que el domicilio fiscal a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes se encontraba en La Rioja.
- No podrán solicitar ayuda aquellas personas que accedan a Centros de Educación Infantil subvencionados por el Ayuntamiento de Logroño.
Los requisitos económicos para recibir la ayuda son los siguientes:
- La renta familiar se obtendrá por agregación de las rentas del ejercicio exigido en la convocatoria de cada componente computable de la unidad familiar que obtengan ingresos de cualquier naturaleza.
- La puntuación asignada a cada solicitud se obtendrá multiplicando el Salario Mínimo Interprofesional vigente durante el año a que se refiere la declaración del I.R.P.F del año de la declaración y dividiendo el resultado entre la renta per cápita de la unidad familiar. Excepto para las rentas per cápita desde 15.000,00 € cuya puntuación será 0.
Además se valorará con un punto cada uno de los siguientes supuestos:
- Familia numerosa.
- Familia monoparental (que está formada únicamente por el padre o la madre y los hijos)
- Diversidad funcional de algún miembro de la unidad familiar igual o superior al 33 %
- Trabajo de ambos miembros, o en el caso de familia monoparental, trabajo del que tenga a cargo a los hijos.
- Estar en situación de desempleo acreditado a la fecha de aprobación de las presentes Bases de cualquiera de los padres o en el caso de familia monoparental el que tenga a cargo a los hijos y continuar en ella. En ambos casos será requisito para la aplicación del punto que no se superen los 15.000,00 € de Renta per Cápita – Por cada hermano de edad inferior a la de posible escolarización.
Tanto la renta y los puntos otorgados por los anteriores supuestos se sumarán y recibirán la ayuda las familias que hayan obtenido mayor puntuación hasta agotar la partida presupuestaria que el ayuntamiento de Logroño haya destinado.
Las solicitudes debidamente cumplimentadas, junto con la documentación complementaria necesaria, se presentarán en el servicio de información 010 del Ayuntamiento de Logroño en el plazo que especifique cada convocatoria.
La documentación complementaria es la siguiente:
- Fotocopia del DNI de los solicitantes.
- Fotocopia de todas las páginas del Libro de Familia, en caso de ser familia numerosa, fotocopia del título.
- En caso de ser familia monoparental y no tener certificación oficial deberá aportarse declaración jurada.
- En caso de diversidad funcional del niño, hermano o miembro de la unidad familiar certificado del mismo.
- Si trabajan ambos progenitores, fotocopia del certificado de empresa.
- Fotocopia del certificado de estar desempleado en las fechas de la publicación de las bases.
- Acreditación de haber solicitado plaza escolar.