Subastas judiciales electrónicas: cómo pujar por casas, coches o joyas desde casa
El Boletín Oficial del Estado ha publicado la Ley 19/2015, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil, que pretende la puesta en marcha de un sistema de subastas electrónicas a través de un portal único de subastas judiciales. El objetivo es regular el proceso de subasta online, tanto de bienes muebles como de bienes inmuebles, y el organismo encargado será la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Es decir, los ciudadanos podrán acudir a las pujas desde casa, cualquier día a cualquier hora, y solamente dándose de alta en el portal.
Hasta ahora, el proceso para participar en una subasta judicial era mucho más complejo, ya que obligaba a quien quisiera participar a consultar la información en cada juzgado y participar de forma más o menos presencial.
Por ello, la nueva subasta electrónica permite multiplicar la publicidad de los procedimientos, facilitar información casi ilimitada tanto de la subasta como del bien y, lo más importante, pujar casi en cualquier momento y desde cualquier lugar, lo que pretende genera un sistema más eficiente para todos los afectados.
Aquí van algunas claves de las subastas online:
¿Cuándo empezarán las subastas online?
De momento solo la región de Murcia cuenta con un proyecto de subastas online. El Ministerio de Justicia tiene la intención de "ampliar este procedimiento al resto de Oficinas Judiciales del territorio nacional". La Ley que ha publicado el entrará en vigor el próximo 15 de octubre.
¿Qué bienes se subastan?
La subasta judicial permite obtener dinero de bienes hipotecados o embargados para que el deudor pueda pagar su deuda (o parte de ella). Se puede subastar cualquier tipo de bien con valor económico: pisos, casas, terrenos, vehículos, joyas, cuadros, maquinaria... A veces también se subasta un bien para que sus copropietarios se repartan el dinero.
¿Qué requisitos tengo que cumplir para poder participar en la subasta?
Los pasos son:
1. Identificarse de forma suficiente: registrarse como usuario del portal de Subastas Judiciales utilizando un certificado electrónico o bien registrarse de modso presencial en las oficinas judiciales, donde se dará un login y contraseña.
Para consultar a la información o bien para seguir en directo la celebración de la subasta no es necesario identificarse, según señala el portal de subastas electrónicas de la Región de Murcia.
2. Declaración de que se conocen las condiciones de la subasta.
3. Realizar consignación (depósito bancario) fijado para la subasta, en general el 5% del valor de tasación de los bienes.
4. Acceder como usuario registrado y rellenar un formulario de acreditación de postor por Internet para la subasta.
En una subasta online ¿cómo sé qué bienes se van a subastar?
El proyecto de la Región de Murcia permite utilizar un buscador de subastas. En el buscador se indica, por ejemplo, qué tipo de bien se va a subastar (un piso, un local...), la ubicación, el número de registro, las caraterísticas registrales...
¿Qué garantías jurídica tiene una subasta electrónica?
La subasta electrónica no tiene menos garantías jurídicas que la presencial. Desde el principio se produce una "identificación inequívoca" de todos los que en él intervienen, mediante certificado reconocido de firma electrónica o mediante firma con sistemas de claves previamente concertadas.
El sistema garantiza con certificado electrónico todas y cada una de las transacciones, en las que un sello determinará el momento exacto en el que tuvieron lugar; el certificado reconocido de firma electrónica, unido al sello de tiempo y a la trazabilidad de todos los procesos, garantiza de forma absoluta la transparencia del procedimiento.
¿Cómo se desarrollará la subasta?
La subasta admitirá pujas durante un plazo de 20 días naturales desde su apertura. La subasta no se cerrará hasta transcurrida una hora desde la realización de la última postura, aunque ello conlleve la ampliación del plazo inicial de 20 días por un máximo de 24 horas, según señala la Ley.
Al cierre de la subasta, el Portal de Subastas remitirá al Secretario judicial información certificada de la postura telemática que resulte vencedora, y del resto de ofertas por orden decreciente de importe y de fecha en el caso de ser la oferta idéntica.
Terminada la subasta y recibida la información, el Secretario judicial dejará constancia, expresando el nombre de quienes hubieran participado y de las posturas que formularon.
¿Cuándo me devolverán el depósito si no he resultado vencedor en la subasta?
Finalizada la subasta, se liberarán o devolverán las cantidades consignadas por los postores excepto lo que corresponda al mejor postor. Esa cantidad se reservará en depósito como garantía del cumplimiento de su obligación y, en su caso, como parte del precio de la venta.
Sin embargo, si los demás postores lo solicitan, también se mantendrá la reserva consignadas para que, si el vencedor no entregase en plazo el resto del precio, pueda adjudicarse el bien a los postores siguientes, en orden que quedaron.
¿Qué tipo de subasta será online?
La subasta electrónica se aplicará tanto a las subastas notariales como a las judiciales derivadas de procedimientos de ejecución, tanto de bienes muebles, de bienes inmuebles y de bienes inmuebles en los casos en los que estos hubieran sido hipotecados, con las especialidades propias de la ejecución hipotecaria. Esto tiene un objetivo claro: el aumento de las concurrencias, por tanto, de las posibilidades de venta y que se realice por mejor precio.
¿Quién realiza la subasta online?
El organismo encargado del Portal de Subastas será la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado pero es el secretario judicial el que asume el papel primordial en la celebración de subastas judiciales, con el objetivo de favorecer su transparencia. A él corresponde mantener un control continuado durante su desarrollo y hasta su final: el inicio de la subasta, ordenar su publicación con remisión de los datos necesarios, así como su suspensión o reanudación. Terminada la subasta, el Portal de Subastas remitirá información certificada al Secretario judicial en la que indicará ordenadamente las pujas, encabezadas por la vencedora.