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Según Hacienda

Los incentivos fiscales para las pymes que apuesten por I+D

Con la reforma fiscal, se han adoptado muchas medidas para que las empresas puedan deducirse gastos. Uno de los objetivos de Hacienda es que haya más empresas que apuesten por el desarrollo e investigación, y para ello, existen una serie de bonificaciones a las que acogerse.

Las pymes que invierten en I+D

Según el secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre, los incentivos incluidos en la reforma fiscal beneficiarán a más de 4.000 empresas españolas ya que se aplican la deducción fiscal por I+D. Esta iniciativa se firmó con el objetivo de fomentar la investigación y la innovación en las empresas.

Fomento e impulso del I+D en las empresas

Ferre, en un acto de inauguración de una jornada organizada por la Asociación Española de Bioempresas (Asebio) y el bufete de abogados Osborne Clarke sobre actividades de I+D, ha subrayado una de las medidas adoptadas tras la reforma fiscal. Se ha referido a que las empresas que destinen un 10% o más de su presupuesto a actividades de I+D podrán elevar de 3 a 5 millones de euros al año el importe monetizable de la deducción por I+D en el impuesto de sociedades.

Otras medidas: ley de emprendedores

Por otro lado, Ferre también ha querido hacer alusión a la Ley de emprendedores que conlleva incentivos para la cesión de activos intangibles, como las patentes, por ejemplo. En este sentido, cabe destacar que el porcentaje de integración de la base imponible de las rentas que proceden de la cesión de los activos intangibles, se ha fijado en un 40%, lo que significa que se aplica una reducción del 60% en las rentas. En cualquier caso, se exige que parte del desarrollo en I+D se haya practicado en España.

Fomento de la inversión en startups

El secretario de Estado de Hacienda también se ha acordado de los incentivos fiscales que se destinan a los llamados “business angels”. Estos aquellas personas que inviertan en empresas de nueva creación se beneficiarán de una deducción del 20% de lo aportado en el IRPF, y si hubiera una inversión posterior, la plusvalía que se genere quedará exenta, siempre y cuando se invierta en otra compañía distinta o en una de reciente creación, o startup.

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