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La norma entrará en vigor en julio de 2016

El Consejo de Ministros aprueba hoy la nueva Ley de Auditoría

Elvira Rodríguez, presidenta de la CNMV.
Elvira Rodríguez, presidenta de la CNMV.EL PAÍS

El Consejo de Ministros aprobará previsiblemente hoy la reforma de la Ley de Auditoría, que entrará en vigor en junio de 2016 y con la que el Gobierno pretende reforzar la independencia, la transparencia y la supervisión de las auditoras con el fin de elevar su calidad y aumentar la confianza en la información económica y financiera, según han informado a Europa Press fuentes del Ejecutivo.

El texto obligará a todas las entidades de interés público (EIP) a contar con un comité de auditoría, semejante al que tienen las sociedades cotizadas, cuyas funciones serán supervisadas por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

Se consideran entidades de interés público a las entidades de crédito, aseguradoras y cotizadas, incluidas las que operan en el Mercado Alternativo Bursátil, entre otras ya vigentes, como instituciones de inversión colectiva, fondos de pensiones y sociedades de garantía recíproca.

Otra de las novedades del texto es la fijación de un periodo máximo de rotación de 10 años ampliable a otros cuatro años si se celebra un concurso público y si se realiza la labor junto con otro nuevo auditor.

También establece limitaciones a las retribuciones que, en caso de servicios distintos a los de auditoría no podrá superar durante tres o más ejercicios consecutivos el 70% de la media de los honorarios por servicios de auditoría percibidos durante los tres últimos ejercicios.

El Gobierno además pretende reforzar la independencia de los auditores, por lo que fija hasta 11 servicios incompatibles que el auditor no puede prestar a la auditada que sea EIP, su matriz y sus vinculadas.

El pasado 26 de diciembre, el Consejo de Ministros dio el visto bueno a la norma y la remitió al Consejo de Estado para su análisis. Tras el trámite de hoy, el texto se remitirá a las Cortes generales para su aprobación definitiva.

Con su entrada en vigor culminará el proceso de adaptación de la normativa española a la Directiva 2014/56 UE del parlamento Europeo y el Consejo relativa a la auditoría legal de las cuentas anuales y consolidadas y al reglamento 537/2014 sobre los requisitos específicos para las denominadas EIP.

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