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Denuncian que sirve para financiar a los ayuntamientos

Las grandes empresas se rebelan contra la central de contratos local

El presidente de la FEMP, Íñigo de la Serna, durante la presentación que hizo en Bruselas sobre la central de contratación.
El presidente de la FEMP, Íñigo de la Serna, durante la presentación que hizo en Bruselas sobre la central de contratación.

La ley de racionalización del sector local, en vigor desde finales de 2013, fue impulsada por el Ejecutivo para tratar de clarificar las competencias impropias que hasta ese momento tenían los ayuntamientos, pero que correspondían a las autonomías, racionalizar su estructura y el empleo en la administración local y establecer un control riguroso de las cuentas públicas. En esa norma se establecía la posibilidad de que la FEMP impulsara una central de contratación para facilitar, simplificar y ahorrar costes en los procedimientos de contratación de los servicios municipales. La idea era que los ayuntamientos se unieran para solicitar servicios y así pudieran obtener mejores precios de las empresas que se presentaran para ser adjudicatarias de contratos para el suministro de calefacción o la gestión de las multas en el extranjero, entre otras.

La FEMP asegura que cuenta con informes jurídicos que confirman la legalidad del cobro

A la central se han adherido hasta ahora 561 ayuntamientos, que abarcan a una población de 19,3 millones de personas (el 41% del total). La letra pequeña de los concursos que se han licitado hasta ahora escondía una sorpresa para las adjudicatarias. Un documento elaborado por un lobby empresarial, al que ha tenido acceso CincoDías, revela que los pliegos indican que el conjunto de los adjudicatarios (tres como mínimo y cinco como máximo) estarán obligados a abonar a la central de contratación de la FEMP un porcentaje del valor total de la retribución percibida durante un año. En cualquier caso nunca será inferior a 140.000 euros (IVA y demás impuestos aplicables en su caso, excluidos) y se repartirá en importes de igual cuantía entre el número de adjudicatarios. Dicho de otra manera, que la empresa que resulte adjudicataria de uno de los contratos que se licite a través de la central de contratos, estará obligada a pagar un mínimo de 47.000, 35.000 o 28.000 euros al año si el número de adjudicatarios son tres, cuatro o cinco. “Es un abuso porque obliga a que todas las empresas o grupo de empresas que resulten adjudicatarias en uno de estos acuerdos marco, acepten por ley pagarle a una entidad diferente a la que le están vendiendo y que, además, decide si es o no adjudicataria del acuerdo marco, una cantidad fija mínima de 140.000 euros al año con independencia de la cantidad vendida o del beneficio empresarial que obtenga”, remarca el documento. A esa tasa fija se le une un variable, equivalente al 0,5% del importe bruto anual facturado a las Entidades Locales adheridas, junto con los impuestos correspondientes.

Un rechazo que ha llevado a las grandes empresas a no presentarse a ninguno de los concursos que se han licitado y a solicitar reuniones con la FEMP para tratar de cambiar las condiciones. Hasta ahora, la única gran compañía que ha resultado adjudicataria ha sido Repsol para el suministro de combustible de calefación para la Península, con un descuento del 3,5% sobre el precio fijado en el Boletín Petrolero de la UE. “Es un sistema poco transparente de ingresos para la FEMP porque lo establece la propia organización y se basa en unos peajes para las empresas que venden a las entidades adheridas a la plataforma de compra centralizada, que no están claramente justificados y que no están limitados”, asegura.

Desde la FEMP confirman estos extremos, tanto el pago de un fijo como de un variable por ser adjudicatarios, y se muestran tranquilos porque cuenta con informes jurídicos externos que confirman la plena legalidad del cobro. Así aseguran que la implementación de un servicio implica un coste de gestión que se repercute a sus beneficiarios (las adjudicatarias), “que verán reducidos sus costes de tramitación en las futuras licitaciones en las que participen”. Esas fuentes señalan que de otra forma se estaría repercutiendo a los contribuyentes unos costes adicionales, “alternativa inasumible en un escenario de control del gasto público y de reducción del déficit público”. Asimismo apuntan que el mecanismo es “absolutamente trasparente” y está justificado porque “se repercuten los costes fijos que asume la FEMP”.

Un argumento que rechazan las empresas, que le acusan de usar esa central de contratos para financiarse. “Según sus propios estatutos, los recursos financieros de la FEMP deben proceder de las cotizaciones y suscripciones de los asociados titulares, de las rentas del patrimonio de la Federación y, solamente en último caso, de otros que eventualmente se produzcan”, apunta el documento. “Que una central de contratos puede ayudar a ser más eficientes en las compras y ahorrar costes a las entidades locales, especialmente a las más pequeñas, no se discute. También es cierto que las entidades locales deben aguzar el ingenio para encontrar fuentes alternativas de financiación, pero hay formas y formas de hacerlo”, apuntan.

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