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La CNMC desvela una guía para su correcta emisión

Qué se puede y qué no se puede hacer con la publicidad en TV

La Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC) ha publicado una comunicación por la que “fija unas reglas de aplicación uniforme” para el sector audiovisual dirigidas a la correcta emisión de publicidad en la televisión.

Según ha explicado este organismo, se trata de una serie de normas que la CNMC ha recopilado debido a que “a menudo” las emisiones de comunicaciones comerciales y de promoción “no se ajustan estrictamente” a lo establecido en la Ley General de Comunicación Audiovisual.

El documento pretende dar contestación a diversas consultas formuladas por los operadores en materia de publicidad y autopromoción televisivas. Está dividida en cuatro apartados: comunicaciones comerciales, patrocinio, telepromoción y emplazamiento de producto.

Así, en las comunicaciones comerciales recuerda que el tiempo máximo permitido es de 12 minutos por hora, teniendo en cuenta únicamente el conjunto de los mensajes publicitarios y la televenta y excluyendo el patrocinio y el emplazamiento.

En este bloque se incluyen los 'spots' publicitarios convencionales --que durarán como norma general entre los 5 y 30 segundos-- y otras formas publicitarias como las pantallas partidas o las promociones que permiten la participación de los telespectadores mediante mensajes y llamadas.

“Estos tipos de comunicación han de respetar el número máximo de interrupciones previstas en función del programa de que se trate, se han de respetar los principios de identificación de la publicidad, así como el de separación de la programación y han de respetar el principio de integridad de los programas”, señala.

En cuanto al patrocinio, la CNMC recuerda que deberá ir referido a un programa y no a secciones o avances de programa. Además de su identificación durante la emisión, no podrá condicionar la independencia editorial ni incitar directamente a la compra o arrendamiento de bienes. Tampoco podrá afectar al contenido ni al horario del programa.

Con la telepromoción, las cadenas de televisión tendrán que emitirla dentro de los programas “utilizando el mismo escenario, ambientación y atrezo”. Estos espacios contarán con una limitación de 3 minutos por hora y 36 minutos diarios y deberán ser realizados por los presentadores, protagonistas o colaboradores del programa.

Respecto a los emplazamientos, el público deberá ser “claramente informado” al principio y final del programa con “sobreimpresión claramente legible” y con una duración mínima de cinco segundos. Este formato de publicidad estará prohibido durante la programación infantil.

Por último, la CNMC reitera que en el caso de las autopromociones, no serán consideradas como tal aquellas que se refieran a productos o servicios no derivados de un programa, sino del propio canal (por ejemplo, las referencias a tiendas online o a páginas web).

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