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El cambio de criterio tiene un elevado coste

Hacienda veta la devolución del IVA a las televisiones autonómicas

TV3 tiene abierto un expediente por los ejercicios 2012 y 2013 Todo apunta que el tema terminará en los tribunales

Thinkstock

Las televisiones públicas llevan desde el año 2006 deduciendo la totalidad del IVA que soportan cuando adquieren bienes y servicios. Hacienda considera ahora que esta forma de actuar resulta contraria a la legislación y señala que solo es deducible el IVA soportado en compras destinadas a realizar actividades comerciales, como la venta de publicidad. El cambio de criterio tiene importantes efectos sobre ejercicios pasados. Por ejemplo, la Agencia Tributaria ha iniciado una inspección a TV3 por los ejercicios 2012 y 2013. Y, este año, no está devolviendo el IVAque la televisión catalana o la Televisión de Galicia han solicitado.

Hacienda ha publicado recientemente un documento de 42 páginas para argumentar su punto de vista. Las administraciones públicas actúan en el IVA como un consumidor final, es decir, no tienen derecho a deducir el importe abonado de este impuesto. Y para Hacienda resulta indiferente que una televisión pública adopte la forma de sociedad mercantil. En su opinión, lo importante es que la entidad presta un servicio público, con independencia de la forma jurídica que adopte.

Esta es una de las justificaciones que llevan a Hacienda a señalar que las televisiones autonómicas no pueden deducirse el IVA porque no son sujetos pasivos del impuesto. Es decir, si no repercuten IVA por sus servicios, tampoco pueden deducírselo. En cualquier caso, la cuestión es más compleja porque las televisiones autonómicas no solo realizan un servicio público, también llevan a cabo “actividades comerciales”, como la venta de sus productos y de espacios publicitarios. En estos casos, sí repercuten IVA y, por lo tanto, resulta lógico que tengan derecho a deducción.

Ante esta situación, la Agencia Tributaria señala que las televisiones públicas podrán deducirse el IVA de los bienes y servicios que sean utilizados para llevar a cabo una actividad comercial. En cambio, cuando el destino sea prestar el servicio público que tienen encomendado, no habrá derecho a deducción. Sin embargo, no es tan sencillo discriminar una actividad y otra. La factura telefónica, la compra de un coche o de un paquete de folios –que llevan IVA– pueden servir indistintamente para una y otra actividad. Ante esta situación, Hacienda propone acudir a la fuente de financiación y fijar una regla de prorrata. Así, la deducibilidad o no del impuesto se determinará en función de la relación entre los ingresos que proceden del presupuesto público y los derivados de las actividades comerciales. Ello es negativo para las televisiones autonómicas porque su dependencia de la financiación pública se ha incrementado con la caída de la publicidad. El 80% de los fondos de TV3, la televisión autonómica más importante por facturación y audiencia, son públicos. Ello implica que el 80% del IVAsoportado no sería deducible.

La regla de prorrata estuvo vigente antes de 2006, cuando una sentencia europea tumbó los artículos que incluían este cálculo. Ahora se vuelve a un sistema similar, pero con otros argumentos. Hacienda asegura que está dispuesta a aceptar un sistema alternativo al propuesto que sea “razonable, homogéneo y fiable”. Todo apunta a que el conflicto acabará en los tribunales.

TV3 irá hasta el final y confía en que los tribunales le darán la razón

El cambio de criterio de la Agencia Tributaria respecto a la deducción del IVA de las televisiones autonómicas encendió todas las alarmas en TV3. La Corporación Catalana de Medios Audiovisuales ha sufrido la apertura de un expediente por el IVAdeducido en 2012 y 2013. Está previsto que la Agencia Tributaria entregue una propuesta de liquidación en las próximas semanas y el coste podría superar los 20 millones. Fuentes de TV3 señalan que la Agencia Tributaria no solo les obligará a retornar el IVAdeducido en los últimos años, sino que, además, el resultado de la declaración con el cambio de criterio saldrá a pagar.

En cualquier caso, TV3 recurrirá la decisión de la Agencia Tributaria y el caso se judicializará. Fuentes de la televisión pública catalana se muestran confiadas en que los tribunales les darán la razón. Aunque la misma seguridad trasladan fuentes de Hacienda, que consideran que su interpretación es la correcta.

La televisión pública critica que la Agencia Tributaria vete ahora, sin mediar un cambio legislativo, la forma en que la entidad se ha deducido el IVA desde el año 2006. El documento con 23 propuestas que el presidente de la Generalitat de Cataluña, Artur Mas, entregó al jefe del Ejecutivo, Mariano Rajoy, incluía la petición de retirada de este nuevo criterio en la deducibilidad del IVA para no “comprometer la viabilidad financiera del proyecto televisivo”.

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