Los padres podrán inscribir a los recién nacidos desde los hospitales
El Gobierno ha aprobado el proyecto de ley que permitirá la inscripción directa de los nacimientos y las defunciones en el Registro Civil desde los hospitales, según ha anunciado la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.
Así, a partir de ahora, los padres de los recién nacidos podrán realizar la inscripción electrónica desde el centro hospitalario sin desplacarse físicamente al Registro Civil. Igualmente, los ciudadanos podrán inscribir las defunciones desde los centros sanitarios en los que haya fallecido la persona.
El anteproyecto de ley de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la administración de Justicia y del Registro Civil y que regula esa posibilidad ya fue tramitado el pasado mes de octubre por el Gobierno en aplicación de las recomendaciones realizadas por la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas (CORA)..
Para la inscripción de los bebés, los padres, asistidos por los facultativos que hayan asistido al parto, firmarán el formulario oficial de declaración al que se incorporará el acreditativo del nacimiento y que será remitido al Registro desde el propio hospital.
En el caso de que no se pudiera realizar la inscripción por este sistema de ventanilla única, la ley prevé que se pueda realizar por el método tradicional en los días siguientes o, en su defecto, mediante un expediente registral.
Las defunciones también se inscribirán en el Registro Civil. La certificación médica expresará la existencia o no de indicios de muerte violenta o de cualquier otro motivo por el que no deba expedirse la licencia de enterramiento o incineración.
Seguridad para evitar los 'niños robados'
Para aumentar la seguridad en la identidad de los nacidos y evitar que se pueda producir ningún caso de los conocidos como niños robados, la ley incide en la identificación entre el bebé y la madre, a través de pruebas médicas, biométricas y analíticas.
En casos de fallecimiento, el certificado de defunción será firmado por dos facultativos que deberán afirmar que de las pruebas realizadas no se desprenden dudas de la relación materno-filial.