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El juzgado mercantil podría declarar nulos los contratos

Un juez admite a trámite la demanda colectiva de 3.500 preferentistas contra Bankia

Imagen de la sede de Bankia, en Madrid.
Imagen de la sede de Bankia, en Madrid.Pablo Monge.

El Juzgado de lo Mercantil número 5 de Madrid ha admitido a trámite una demanda colectiva de la asociación Adicae en la que 3.500 personas reclaman a Bankia por la mala comercialización de preferentes y ha abierto un plazo de dos meses para que otros afectados puedan adherirse a la misma.

El juzgado reconoce la competencia objetiva o por razón de la materia, pero no las acciones que tienen su base en vicios de consentimiento. Esto implica que durante el proceso podría abordar la nulidad de los contratos por carácter abusivo de las condiciones o por publicidad engañosa, por ejemplo.

En un auto, el titular del Juzgado de lo Mercantil número 5 de Madrid, Javier García Marrero, rechaza, no obstante, la pretensión de Adicae para que examine las causas de nulidad de los contratos “suscritos por falta de elementos esenciales para su validez, por infracción de preceptos del Código Civil y por defectos causantes de la anulabilidad”.

Así, considera que “cabría la posibilidad de inadmitir totalmente la demanda por indebida acumulación de acciones”, pero para evitar la interposición de una nueva, es “posible” aceptarla solo en lo relativo a la competencia mercantil, esto es, la acción de cesación, la de publicidad engañosa, la nulidad por abusividad de las condiciones y la petición de daños y perjuicios.

Según informa Adicae en un comunicado, en la actualidad se han incorporado otros 560 expedientes a esta demanda, por lo que en total son más de 4.000 los afectados que se han sumado a esta acción.

La demanda se interpuso el 16 de abril de 2013 contra Bankia y contra Caja Madrid Finance Preferred y denunciaba la fraudulenta emisión y comercialización “de un producto diseñado expresamente para recapitalizar la entidad, colocándolo entre cientos de miles de familias en contra de los intereses y derechos de las mismas”.

El juez admite la demanda en relación a la acción de cesación, a las relativas a la nulidad por el carácter abusivo de cláusulas, a la petición de daños y perjuicios derivados de la acción de nulidad, a la publicidad y a la nulidad por publicidad engañosa.

Por ello, reconoce la necesidad de hacer un llamamiento a todos los perjudicados para que puedan sumarse al proceso y reclamar el daño. “Con este llamamiento, los cerca de 210.000 afectados que aún no han encontrado solución al fraude en el denominado 'arbitraje' llevado a cabo en el caso de Bankia podrán incorporarse a esta demanda colectiva reclamando la devolución íntegra de sus ahorros”, señala Adicae.

Con la admisión a trámite de la demanda, el procedimiento judicial queda en suspenso durante dos meses, que comenzarán a contar en el momento en el que el diario 'El País' publique la resolución jurídica. En este tiempo, los afectados que no se hayan sumado aún a la demanda podrán solicitar su adhesión a la misma.

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