La CNMC impone dos multas a Telefónica por 500.000 euros por infracciones graves
La segunda sanción es por impedir a NVIA el acceso a 11 números de SMS Premium
La Sala de Supervisión Regulatoria de la CNMC ha impuesto a Telefónica dos sanciones por dos infracciones “muy graves” por una cuantía total de 500.000 euros, según ha indicado la autoridad reguladora en un comunicado.
En el primer expediente, el regulador ha sancionado a Telefónica con 250.000 euros por no haber notificado en tiempo y forma a la CNMC sus ofertas Movistar ADSL y Movistar TV Familiar sobre ADSL (sin llamadas a móviles desde la red fija). En su comunicado, el regulador ha indicado que ambas ofertas sí que estuvieron disponibles en su página web para la contratación por parte de sus clientes durante el periodo en el que la CNMC llevó a cabo su investigación en 2013.
“Al tratarse de un operador con poder significativo en el mercado de banda ancha, Telefónica tiene la obligación de comunicar a la CNMC los precios y condiciones aplicables a sus servicios banda ancha, con un mínimo de un mes de antelación a su aplicación o comercialización efectiva”, ha recordado la CNMC, indicando que a partir de dicha comunicación, el regulador puede controlar las tarifas, ofertas, descuentos o promociones de la compañía y garantizar que los operadores alternativos puedan competir en igualdad de condiciones, sin que se produzcan situaciones contrarias a la normativa sectorial.
En el segundo expediente, la CNMC ha decidido imponer a Telefónica Móviles una sanción de 250.000 euros por impedir el acceso a 11 números de SMS Premium gestionados por la operadora NVIA.
El regulador ha indicado que, en el marco de un conflicto entre las dos operadoras, obligó a Telefónica a través una medida cautelar a mantener el servicio de acceso de la numeración SMS Premium desde la plataforma de NVIA hasta la resolución del conflicto.
Esta medida cautelar exigía la reapertura de 26 números, de los que Telefónica únicamente abrió 15. El incumplimiento de la medida cautelar adoptada por la CNMC se considera una infracción “muy grave”.