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Supone casi el triple del plazo máximo establecido en la ley de Morosidad

Las empresas del Ibex 35 pagan sus facturas a 171 días

Las que más tarde pagan son las de la construcción, con 291 días de media Las firmas del IBEX 35 tardan la mitad de tiempo en cobrar sus facturas

El presidente de la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad, Antoni Cañete, y el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro.
El presidente de la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad, Antoni Cañete, y el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro.

La aprobación del último plan de pago a proveedores, que liquidará toda la deuda comercial pendiente hasta el 31 de mayo de 2013, y la trasposición de la directiva comunitaria de plazos de pago, que obliga a pagar a las administraciones en 30 días y las empresas en 60 días, siguen sin cortar la hemorragia de la morosidad.

Así lo denunció ayer la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMCM), que presentó un informe sobre los plazos de pago de las empresas que cotizan en el IBEX 35. Pese a que se percibe una mejora respecto a los datos de 2012, las cifras siguen muy lejos de lo marcado por ley.

Esas compañías pagaron sus facturas en el primer semestre de 2013 a una media de 171 días, lo que representa una reducción de ocho días respecto al mismo período de 2012 (179 días). Estas cifras contrastan con los períodos medios de cobro de estas compañías, que ha bajado de los 79 a los 77 días. En otras palabras, que las empresas del IBEX 35 tardan el doble en pagar sus facturas que en cobrarlas.

Por sectores, el que más retrasos presenta es la construcción, con un plazo de pago de 291 días, cuando cobra sus facturas a 138. En segundo lugar, figura el comercio, que tarda una media de 269 días cuando cobra a 74 días, seguido por la industria, con 222 días en el pago y 112 en el cobro.

El nuevo mecanismo establecido por Hacienda para atajar la morosidad de las administraciones públicas (abonará las facturas impagadas y las recuperará detrayendo el importe de las transferencias a las autonomías) ha desviado el foco hacia las empresas privadas.

Buena prueba de ello es la presentación de una proposición de ley por parte de CiU, en colaboración con la PMCM, para la constitución de un régimen sancionador que castigue a las empresas que no cumplan los plazos fijados por ley. Este establece tres tipos de infracciones (leves, graves y muy graves) y un catálogo de sanciones que pueden llegar hasta los 900.000 euros en el caso de reincidencia.

Desde la Plataforma quieren que se tome como modelo el que se aplica al comercio minorista. Con dos faltas graves, la empresa no tendrá derecho a deducciones en Sociedades o en IRPF y con tres, se puede decretar el cierre temporal de la empresa por un período máximo de dos años.

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