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Por presunta apropiación indebida en el fichaje de Neymar

El juez Ruz pregunta al fiscal si debe imputar al presidente del Barça

El juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz ha preguntado a la Fiscalía si debe admitir a trámite la querella presentada contra el presidente del Fútbol Club Barcelona, Sandro Rosell, por un posible delito de apropiación indebida, tras haberle dado traslado de los contratos que el club azulgrana le entregó sobre el fichaje del brasileño Neymar Da Silva, según informaron fuentes jurídicas.

El titular del Juzgado de Instrucción número 5 ha dictado una providencia en la que acuerda poner a disposición de las partes la documentación que el Fútbol Club Barcelona entregó hace una semana a la Audiencia Nacional. Ruz solicitó esta información antes de decidir si admite o no a trámite la querella que fue presentada por un socio del Barça.

La documentación, que fue entregada en persona por el portavoz de la entidad blaugrana, Toni Freixa, comprende los contratos con Neymar que el Barça firmó en 2011 y 2013, así como los informes y memorias económicas relativos a los años 2011, 2012 y 2013 en los que la Junta Directiva del Barça dio cuenta del fichaje ante la Asamblea General Ordinaria.

El titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 se declaró hace unos días competente para investigar estos hechos por tratarse de supuestos delitos cometidos por españoles en el extranjero y admitió la personación del querellante, el impulsor de la plataforma opositora 'Consulta Barça' Jordi Cases.

El magistrado, que dio un plazo de cinco días al Barcelona para entregar esta documentación, adoptó esta decisión a instancias del fiscal José Perals, a fin de “averiguar si los extremos alegados por el querellante son ciertos” y si, como sostiene éste, el Barcelona no ha facilitado la información sobre el contrato de Neymar a la Junta Directiva y sus socios, a pesar de habérselo pedido por burofax.

Ruz argumentaba en su escrito que los hechos son competencia de la Audiencia Nacional y no de un juzgado ordinario porque podría tratarse de un delito cometido por españoles en el extranjero, ya que el dinero del traspaso se habría ingresado en un banco brasileño. UNA EMPRESA DEL PADRE

El querellante, socio del Barcelona y portavoz de un grupo opositor a Rosell, sostiene que el club fichó a Neymar por 57,1 millones de euros, de los cuales 40 habrían ido a parar a la sociedad Neymar&Neymar (N&N), propiedad del padre del jugador, y 17,1 millones se habrían abonado en concepto de derechos federativos.

A esta cantidad habría que añadir 7,9 millones de euros por un acuerdo sobre tres jugadores del Santos, equipo en el que militaba Neymar, y otros 9 por la celebración de dos partidos amistosos.

El juez también hizo suyos los argumentos del fiscal al recordar que el delito de apropiación indebida en su modalidad de distracción supone “la gestión desleal de un patrimonio cometido por el administrador cuando perjudica patrimonialmente a la sociedad, distrayendo el dinero cuya disposición tiene a su alcance”. “Es decir, no se exige un ánimo de tener la cosa como propia bastando el dolo del perjuicio que ocasiona”, explicaba.

El abogado del querellante, Jordi Cases, propulsor de la fallida moción de censura contra Rosell por el 'caso Qatar', señaló a Europa Press que ha solicitado la declaración del presidente del Barça como imputado y del futbolista como testigo. A su juicio, aunque Rosell “no se haya apropiado” del dinero, “debe explicar por qué pagó esa cantidad” a la sociedad del padre del jugador.

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