La ley navarra que obligaba a la Iglesia a pagar el IBI, declarada inconstitucional
El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional la ley navarra que obligaba a la Iglesia a pagar el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), por todos sus inmuebles, salvo por aquellos que fueran destinados al culto.
El Gobierno central había presentado un recurso ante el Constitucional contra esta ley, que ya el pasado mes de julio fue suspendida por el propio tribunal y que ahora ha sido declarada inconstitucional.
El Estado consideraba en su recurso que la norma foral, publicada en el Boletín Oficial de Navarra el pasado mes de marzo, “incumple los compromisos del Estado con la Iglesia Católica y con las Comunidades Evangélica, Israelita e Islámica”.
“En concreto, se produce la vulneración por cuanto la ley foral solamente excluye del pago de la Contribución Territorial Urbana a los 'bienes destinados al culto', cuando, conforme a los compromisos aludidos esa exclusión alcanza a otros bienes, que la ley foral excluye del beneficio fiscal”, señalaba el Gobierno central.
La Conferencia Episcopal Española (CEE) mostró hoy su “satisfacción” ante el fallo del Tribunal Constitucional (TC) que anula la normativa navarra. Según el Alto Tribunal, la ley foral de Navarra incumple los acuerdos con el Vaticano.
En declaraciones a los medios, el vicesecretario para asuntos económicos de la CEE, Fernando Giménez Barriocanal, mostró su “satisfacción” porque, en su opinión, con el fallo del TC “se está preservando el derecho internacional”. “Es una buena noticia”, pues “el Tribunal Constitucional deja claro que los tratados internacionales están por encima de la legislación particular”, sentenció.
“Las haciendas forales tienen un ámbito de competencias fiscales y pueden regular las exenciones. Lo que no pueden hacer es vulnerar el tratado internacional”, añadió Giménez Barriocanal. Los acuerdos Iglesia-Estado prevén cinco casos concretos de exención: templos, viviendas, oficinas parroquiales, seminarios y conventos.
“Es lo único que se establece en los acuerdos Iglesia-Estado de exención de IBI”, matizó, por lo que la ley foral navarra “sólo contemplaba los templos”, obligando al pago por otras infraestructuras, como seminarios, conventos de clausura, locales de Cáritas y salones parroquiales, “cuando está amparado por un tratado internacional”.
La Iglesia paga
Giménez Barriocanal también dijo que la Iglesia española cumple con sus obligaciones económicas con el Estado, pues, por ejemplo, destina 18 millones de euros a la Seguridad Social del clero y paga el Impuesto de Sociedades sobre aquellas actividades que no están exentas y el IBI de lo que no está exento.
“La Iglesia paga religiosamente sus impuestos y los seguirá pagando. Y si hay cualquier modificación general en la legislación del IBI, nosotros estaremos a ella, en el marco de los tratados internacionales, pero estaremos a ella”, advirtió.
El vicesecretario para asuntos económicos de la CEE recordó asimismo que las exenciones del IBI “vienen a la Iglesia por los acuerdos Iglesia-Estado, pero la Ley de Mecenazgo amplia muchísimo las exenciones no solo a la Iglesia, a todas las confesiones religiosas y a todas las fundaciones, de partidos políticos, de utilidad pública, tienen un margen de exención mucho más grande que el que se ve en los acuerdos Iglesia-Estado”.
Finalmente, en relación al reciente anuncio hecho por el PSOE de romper los acuerdos con la Santa Sede cuando llegue al Gobierno, Giménez Barriocanal rehusó hacer comentarios, aunque insistió en que el régimen fiscal que tiene “ahora mismo” la Iglesia “no deriva” de los citados acuerdos, sino de la Ley de Mecenazgo, que los “supera ampliamente”. “Por lo tanto, decir que la Iglesia está privilegiada fiscalmente es erróneo, no es cierto, tiene el mismo régimen fiscal que pueda tener cualquier fundación de este país”, concluyó.