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Para cubrir la fianza civil

El juez embarga la mitad de la casa de los duques de Palma en Barcelona

El juez instructor del caso Nóos, José Castro, ha ordenado hoy el embargo de diferentes propiedades de Iñaki Urdangarin y su exsocio Diego Torres por valor de 6,1 millones de euros para cubrir la fianza civil que les impuso, entre ellas la mitad de la vivienda familiar de los duques de Palma en Barcelona.

Además del chalé del barrio de Pedralbes, el auto dictado por el juez ordena el embargo de viviendas, trasteros y garajes en Terrassa y Palma de Mallorca propiedad de Aizoon, la empresa de la que son titulares Urdangarin y la infanta Cristina.

El juez también embarga una vivienda en San Cugat del Vallés a nombre de Torres, su esposa, Ana María Tejeiro, y otros inmuebles en Mataró, Mahón y Palma, que pertenecen a empresas de Torres.

El titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma recuerda en su auto que en enero de este año impuso a los dos socios en el Instituto Nóos una fianza con carácter solidario de 8,1 millones de euros que posteriormente la Audiencia provincial rebajó a 6,1 millones, para responder a las posibles responsabilidades civiles que se derivasen de los presuntos delitos cometidos.

Castro entiende que ya ha “transcurrido con notorio exceso el plazo concedido sin que se haya presentado la fianza exigida”, por lo que procede ordenar los embargos.

Por otro lado, el La Audiencia de Palma ha confirmado hoy la decisión del juez instructor del caso Nóos, José Castro, de dejar fuera de la causa correos electrónicos íntimos de Iñaki Urdangarin aportados por su exsocio, Diego Torres.

La sección segunda del tribunal provincial ha desestimado un recurso de apelación planteado por la defensa de Torres contra la orden de Castro de excluir del sumario varios correos electrónicos que intercambió Urdangarin con un amigo.

El instructor había descartado considerar estos mensajes y había ordenado, además, que las partes se abstuvieran en lo sucesivo de presentar cualquier documentación que implicase intromisión en la intimidad de otros imputados.

Pero la defensa de Torres recurrió por entender que esta medida le generaba indefensión, puesto que los mensajes que aportaba servían para demostrar que el duque de Palma estaba en Madrid en la fecha en la que, según el testimonio de su socio en Nóos, se produjo una reunión en la Zarzuela entre ambos y el entonces presidente valenciano Francisco Camps y la alcaldesa de Valencia, Rita Barberá.

Pero la Audiencia entiende que, además de afectar a la esfera privada del marido de la infanta Cristina, el juez instructor ya consideraba que otras pruebas acreditaban suficientemente la localización de Urdangarin en las fechas en las que supuestamente se celebró la reunión preparatoria de los foros Valencia Summit.

La Audiencia, que recuerda que en un pronunciamiento anterior instó al juez a evitar la incorporación a la causa de intimidades de los imputados, desestima por todo ello el recurso de apelación planteado por Torres.

Tras el rechazo por parte de Castro a la inclusión de documentos privados de su exsocio aportados directamente por su defensa, como los referidos correos electrónicos, Torres ha insistido en que se añadan al sumario comunicaciones íntimas publicadas en una revista satírica y difundidas por internet.

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