_
_
_
_
Es la cifra ingresada por depósitos abandonados desde 2000

El Estado se queda con 90 millones 'olvidados' en cuentas bancarias

Las entidades de crédito deben ingresar en Hacienda los bienes que carecen de dueño Las fusiones bancarias elevan la identificación de cuentas inactivas Quien informe de una herencia sin sucesores, se queda con el 10% del patrimonio aflorado

Ingresos del Estado por cuentas abandonadas y por herencias sin sucesores
Irene de la Torre

"Toda cosa que fuer fallada en qualquier manera, mostrenco o desamparado, la persona que lo fallare dévele dar al juez del logar do fuere fallado; (…) e lo que así fuere fallado que sea para la mi cámara”. Así rezaba una ley de 1400 del rey Enrique III de Castilla, que concedía al soberano la propiedad de todos los bienes sin dueño. Si cambiamos soberano por Estado, la norma actual no difiere mucho de este artículo medieval. Todo aquello que no tenga dueño (desde viviendas hasta dinero en metálico, acciones bursátiles o joyas) es del Estado. Por ejemplo, las cuentas, depósitos o valores guardados en entidades financieras que no hayan sufrido ningún movimiento en 20 años se consideran abandonados y se convierten en propiedad del Estado, según el artículo 18 de la Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas.

Ello ha permitido ingresar al Estado 89,6 millones de euros desde el año 2000, según los datos recabados por CincoDías. El origen de ese patrimonio olvidado se encuentra en fallecidos que han dejado cuentas o acciones que nadie ha reclamado, emigrantes o extranjeros que partieron de España dejando dinero en una entidad financiera o, simplemente, personas que han olvidado que tenían una cuenta abierta. Fuentes bancarias señalan que estos casos se producen con mayor asiduidad de lo que cabría imaginar. 

¿Qué bienes pueden acabar en las manos del Estado?

Saldos abandonados: Los depósitos y valores en entidades de crédito que no registren movimientos en 20 años se convierten en propiedad del Estado. Herencias: Pasará a manos de la Administración el patrimonio de las personas que fallezcan sin testamento y no tengan familiares con derecho a heredar. Inmuebles vacantes: Los conocidos como inmuebles mostrencos son aquellos que no tienen un dueño reconocido. La Administración, tras comprobar “la falta de titularidad”, se convierte en la propietaria de esos inmuebles vacantes o mostrencos.

Las entidades financieras y las agencias de valores siguen un protocolo antes de transferir el dinero de cuentas inactivas a las arcas públicas. Una orden ministerial de 2008 de Hacienda establece que los bancos deben realizar “cuantas actuaciones sean necesarias con el fin de comprobar y garantizar” que no se vulnere el derecho a la propiedad. Sin embargo, la única obligación concreta es remitir una carta –“por correo certificado o medio análogo"– al titular de la presunta cuenta abandonada. El destino será la última dirección registrada en el banco.

Si la búsqueda resulta infructuosa y la entidad no recibe respuesta en tres meses, el banco deberá incluir la cuenta inactiva en una declaración específica que presentará ante Hacienda durante el primer trimestre de cada año. La Administración hiló fino en la redacción de la orden hasta el punto de que llegó a detallar que no será necesario remitir ninguna notificación cuando el coste del envío de la carta supere el dinero que hay en la cuenta bancaria.

A pesar del límite de los 20 años, es habitual que queden depósitos y valores olvidados durante mucho más tiempo. De hecho, en 2010, los ingresos derivados de saldos abandonados alcanzaron los 22 millones de euros, una cifra inédita y muy superior a los seis millones registrados un año antes. Patrimonio justifica este incremento exponencial por el movimiento de fusiones de entidades, especialmente en el sector de las cajas de ahorro, que originó una depuración de archivos y de anotaciones históricas. 

Tras el extraordinario –por infrecuente– ejercicio 2010, la situación se normalizó y los últimos datos disponibles muestran que, en 2011, el Estado ingresó siete millones procedentes de cuentas abandonadas. Una cifra respetable que, sin embargo, para un Estado que recauda 400.000 millones al año resulta insignificante.

Quien informe de un patrimonio sin herederos, se queda con el 10%

El Estado es el destinatario último del patrimonio de personas fallecidas que no dejan testamento ni tienen familiares que tengan derecho a heredar. Desde el año 2000, la Administración central ha logrado 75,9 millones por la venta del patrimonio de herencias sin herederos. Una cifra que sería superior si no fuera porque en Cataluña, Comunidad Valenciana, Galicia, Navarra y Aragón es la comunidad autónoma quien se queda con los patrimonios sin descendencia. En cualquier caso, los últimos datos de 2012 muestran que la Administración central recibió 234 herencias, cuyo importe ascendió a 8,8 millones.

La ley vigente incentiva a los ciudadanos a comunicar a Hacienda la existencia de herencias que carecen de sucesores y que, por lo tanto, están llamadas a engrosar el patrimonio estatal. Cuando ello sucede, la Administración cede el 10% de los recursos logrados al delator. En 2011, último año del que se disponen de datos, el Estado se hizo con 16 herencias gracias al aviso de particulares que se repartieron 500.000 euros.

Es habitual que un solo colaborador informe de varios casos a Hacienda, ya que existen ciudadanos, e incluso empresas, que se dedican a buscar herencias para el Estado para quedarse con el premio del 10%. Desde 2004, el Estado ha recibido 141 comunicaciones de particulares o empresas que han terminado con un incremento del patrimonio público. En total, Hacienda ha destinado 7,2 millones a premiar a sus informadores, es decir, 51.764 euros por cada aviso exitoso recibido. Es probable que en un momento de crisis y de envejecimiento de la población, el número de caza herencias aumente.

Archivado En

_
_