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Ha acordado la tramitación como procedimiento ordinario

Isofotón, declarada en concurso voluntario de acreedores

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Málaga ha declarado a Isofotón en concurso voluntario de acreedores, tras solicitarlo la propia empresa, quien, no obstante, no ha pedido abrir la fase de liquidación. Asimismo, ha acordado la tramitación como procedimiento ordinario, por tener “especial complejidad”, atendiendo al volumen de pasivo y al número de acreedores.

La empresa de tecnología solar, con domicilio social en Málaga, presentó el pasado 4 de junio ante dicho juzgado la documentación necesaria para iniciar el procedimiento de concurso voluntario de acreedores, apuntando desde Isofotón que el pasivo total era de 184 millones de euros. La empresa estaba en preconcurso desde el pasado mes de febrero.

Según el auto del juzgado, la compañía comunicó estar en situación de “insolvencia actual” y “no se solicita la apertura de la fase de liquidación”. De hecho, desde la empresa han reiterado otras veces que se trabaja en un nuevo plan alternativo para reforzar el capital ya sea a través de nuevos inversores o acreedores que apoyen la estrategia de la firma por medio de un canje de deuda por acciones.

Asimismo, desde Isofotón aseguraron al presentar la solicitud que se hacía para “agilizar la reorganización de la deuda” y definir “en el menor plazo de tiempo posible un acuerdo factible para la gestión” de la misma. Además, apuntaron que la compañía iba a seguir desarrollando su actividad y haciendo frente a los compromisos contraídos con los clientes, “fabricando y entregando pedidos”.

La jueza señala en su resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, que dicho juzgado es competente para conocer el asunto y que la solicitud cumple las condiciones requeridas, ya que se ha presentado la documentación necesaria, según la legislación, de donde se desprende “el estado de insolvencia que manifiesta el solicitante”.

Así, la titular del Juzgado de lo Mercantil número 2 determina que el concurso se tramite como procedimiento ordinario, al entender que “sí reviste especial complejidad, dado que el número de acreedores supera los 50” y que Isofotón es “sociedad dominante de un amplio grupo de empresas”, además de que la estimación inicial del activo y pasivo supera lo que señala la legislación al respecto.

Además, califica el concurso de voluntario, al haberse instado por el propio deudor, lo que le permite conservar las facultades de administración y disposición de su patrimonio, “sometido en su ejercicio a la intervención de los administradores del concurso”. Atendiendo a las necesidades específicas, se nombra a una sociedad, que deberá aceptar, como administración concursal.

Asimismo, se acuerda contar como auxiliar delegado con otra empresa, que deberá apoyar a la administración concursal en la parte económica y en las repercusiones transfronterizas, ya que Isofotón es dominante respecto de otras, gran parte de ellas domiciliadas en otros países, además de que existen “litigios fuera de nuestras fronteras”.

En el auto se da dos meses para emitir informe por la administración concursal y se acuerda informar a los acreedores para que pongan en conocimiento de dicha administración la existencia de sus créditos en el plazo de un mes. También se ordena la comunicación de la declaración a los registros mercantiles y demás juzgados y se indica que la paralización de procedimientos ejecutivos contra el patrimonio “se produce por imperativo legal”.

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