Regalo envenenado: las renuncias a herencias se duplican con la crisis
En 2012 se contabilizaron 23.228 negativas a heredar Existen fórmulas para que los herederos mo respondan a las deudas con su patrimonio
Todo el mundo sabe que ni heredar ni recibir una donación es gratis, ya que hay que pagar impuestos. Pero quizás lo que no sepa mucha gente es que cuando alguien es nombrado heredero, lo es con todas las consecuencias. Es decir, que se hereda para lo bueno y para lo malo: los activos (dinero e inmuebles, fundamentalmente) y los pasivos (las deudas). Y justo ahí es cuando pueden empezar los problemas porque el o los herederos deberán saldar las deudas del fallecido, aunque para ello tengan que responder con sus patrimonios. Esto es lo que explica que cada vez más herederos digan no. Según los datos del Consejo General del Notariado, en 2012 se contabilizaron 23.228 renuncias a herencias , más del doble que antes de la crisis (en 2007 fueron 11.047).
¿Qué puede llevar a alguien a renunciar a una herencia? Aunque la casuística es muy variada, ahora mismo la falta de recursos económicos suele estar detrás de la mayor parte o también el hecho de que la herencia sea más bien “ruinosa”, tal y como explica a CincoDías el vicepresidente del Consejo General del Notariado y decano del Colegio de Notarios de Cataluña, Joan Carles Ollé.
Y es que si usted recibe una vivienda en herencia sobre la que pesa una hipoteca, lo primero que tendrá que hacer es saldar dicho préstamo para poder ser el propietario de pleno derecho de esa casa.
¿Qué ocurre entonces? Existen varios supuestos. El primero es que el valor de la deuda sea superior al del activo. Imaginen que esa vivienda heredada se encuentra en la costa, fue adquirida en 2007, se financió con una hipoteca a 20 años y su primer titular no contrató un seguro de vida. Si todos los herederos deciden que no quieren la casa, lo más fácil es que opten por venderla, pero antes deberán liquidar la deuda. En un entorno de caída de precios como el actual, si el crédito fue contratado por más del 60% del valor de tasación de la vivienda, es muy probable que hoy la deuda aún pendiente de pago sea mayor que el beneficio que obtendrán los herederos al vender la casa. Por ello, lo que podría parecer un golpe de suerte o un alivio financiero, se acaba convirtiendo en una herencia ruinosa o envenenada.
Beneficio de inventario
Tal y como explica Ollé, otro de los supuestos más comunes en las renuncias, que recuerda deben constatarse ante notario, es el caso de aquellos herederos cuya situación económica no les permite hacerse cargo de la deuda de los bienes que heredan. “Además, en esa cifra de 23.228 están incluidas no solo las renuncias totales, en las que nadie quiere recibir la herencia y entonces pasa a ser del Estado;sino también las parciales, aquellas de solo una parte de los herederos en favor del resto”, asegura el decano del Colegio de Notarios de Cataluña.
¿Cómo prevenir que una herencia envenenada acabe por arruinar a los beneficiarios de la misma? Joan Carles Ollé recomienda consultar con un notario y recibir la herencia “a beneficio de inventario”.
Se trata de una figura jurídica por la que solo responden de las deudas y demás cargas de la herencia hasta donde alcanzan los bienes incluidos en ella. “En otras palabras, en el peor de los casos perderemos los activos, pero nuestro patrimonio estará protegido”, aclara Ollé. Así, se abre un periodo en el que los herederos, asesorados por el notario, podrán hacer un recuento en detalle de en qué consiste el patrimonio otorgado, “algo muy útil cuando se trata de por ejemplo pequeños empresarios con pólizas de crédito u avales por los que habrá que responder”, señalan desde el Consejo General del Notariado.Finalizado el inventario, en 30 días se elige: heredar o no heredar.
Cuidado con el impuesto de sucesiones
Los notarios se sienten infrautilizados. Son conscientes de que el común de los mortales solo suele relacionarles con el hecho de comprar y vender viviendas y quizás por ello históricamente se les ha asociado a la etiqueta de caros a sus servicios. Pues bien, el decano del Colegio de Notarios de Cataluña, Joan Carles Ollé, defiende que existen multitud de acciones o documentos que se pueden suscribir ante notario con la seguridad jurídica que ello comporta “por muy poco dinero”. “Y recibir simplemente información es gratis”, apostilla.
En materia de herencias suelen producirse muchas sorpresas desagradables por desconocimiento. Primer consejo a todos: hacer testamento, un documento que cuesta menos de 40 euros. “No saben hasta que no pasan por ello la cantidad de burocracia, dinero y tiempo que se puede evitar al redactar ese documento. Además de dejar la parte de libre disposición (aquella que no regula la legítima) a quien de verdad se quiera y no a quien la ley establece siguiendo el orden sucesorio”, explica el vicepresidente del Consejo General del Notariado.
Y a la hora de renunciar, tener en cuenta que solo puede hacerse una vez fallecido el testador y que no se puede renunciar solo a una parte de la herencia, o se acepta por completo o se rechaza en su totalidad. Ycuidado al renunciar, ya que si se hace en favor de terceros, tendrá para Hacienda la consideración de una donación y tributará por el impuesto de sucesiones.
Pasos para evitar sorpresas al heredar
Testamento: una vez que a alguien le comunican que es beneficiario de una herencia, lo mejor es asesorarse por un notario. La simple consulta de qué pasos han de seguirse es gratuita.
Aceptación: si se tienen dudas sobre la conveniencia o no de aceptar la herencia es mejor hacerlo “a beneficio de inventario” y siempre ante notario.
Fiscalidad: si finalmente se opta por renunciar, es necesario dejar constancia en escritura pública y, según los casos, habrá que pagar impuestos si se hace en favor de terceras personas, como si fuera una donación. Dependerá de cada comunidad.