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Analizará posibles cláusulas abusivas

La Audiencia de Burgos prohíbe las subastas hipotecarias sin revisión judicial

Primer órgano de apelación español que traspone la sentencia europea. Someterá el desahucio a un juez que analice causas de nulidad.

La Audiencia provincial de Burgos es el primer órgano de apelación español que traspone la sentencia del Tribunal Europeo sobre los desahucios mediante una resolución por la que no podrá celebrarse ningún lanzamiento hipotecario sin la revisión previa de un juez.

En el auto, dictado hoy por la sección segunda de la Audiencia provincial, se señala que antes de cualquier subasta o lanzamiento hipotecario se deberá someter el procedimiento a un juez que analice la posibilidad de que en la escritura hipotecaria existan “causas de nulidad, ilícitas o abusivas”.

El presidente de la Audiencia provincial, Miguel Carreras, ha explicado a los periodistas que en la práctica supone posibilitar un mecanismo jurídico-procesal para paralizar los desalojos hipotecarios que sienta jurisprudencia en Burgos, pero no obliga a órganos judiciales del resto de España.

Con este auto se determina que nadie podrá ser lanzado en el proceso hipotecario, es decir, obligado a abandonar su vivienda, en Burgos sin que un juez haya podido analizar previamente las cláusulas de la escritura de la hipoteca ejecutada.

Carreras ha explicado que se trata de un auto con una “sólida fundamentación jurídica” que ha adoptado también por “sensibilidad humana”.

Ha explicado que no se trata de “deslegitimar” los procedimientos de ejecución hipotecaria sino de corregir un defecto que provocaba la indefensión de los hipotecados, porque se podían ver “en la calle” sin posibilidad de defensa.

Incluso ha apuntado que se podían dar casos en los que finalmente se diera la razón a la persona desahuciada cuando ya no tenía remedio, porque la vivienda era ya propiedad de un tercero.

Carreras ha insistido en que no se trata de una paralización definitiva de los desahucios ni de que se dejen de practicar, sino de una suspensión cautelar para que el juez pueda estudiar los documentos y oír a las partes, aunque si decide que todo es correcto se terminará ejecutando la hipoteca.

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