Guindos duplica las tasaciones en aseguradoras para evitar burbujas
- Las aseguradoras deberán tasar sus inmuebles cada dos años. - En algunos supuestos podrían hacer valoraciones en plazos inferiores. - Hasta ahora se tasaba cada tres ejercicios.
El descontrolado incremento de la inversión que el sector financiero llevó a cabo en el ámbito inmobiliario durante los años del boom del ladrillo se ha revelado como el gran pecado de la banca española. Más allá de las pérdidas y del esfuerzo en saneamientos que han terminado afrontando las entidades por esta sobreexposición, las simples dudas sobre la magnitud real del problema que acompañaron al sector durante mucho tiempo fueron el caldo de cultivo para una desconfianza ante los mercados internacionales, que aun se trata de remediar. Partiendo de esta experiencia, el Ministerio de Economía está dispuesto a reforzar los mecanismos de control establecidos para evitar que la enfermedad del riesgo inmobiliario se propague por el sector asegurador.
“Las entidades aseguradoras solicitarán de una entidad tasadora autorizada la revisión de las valoraciones de los inmuebles de su propiedad y de los derechos reales inmobiliarios inscritos a su favor, una vez hayan transcurrido dos años desde la anterior valoración”, reza la orden ministerial que entra en vigor este sábado, con la que el gabinete que dirige Luis de Guindos “acorta de tres a dos años, el plazo previsto para la revisión de las tasaciones de los inmuebles que están obligadas a solicitar” las aseguradoras.
El Ministerio, de hecho, abre la puerta a que este tipo de revisiones se lleve más a menudo cuando sea necesario. “Excepcionalmente, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones podrá reducir el plazo de los dos años, con carácter general o para determinada clase de inmuebles y derechos reales inmobiliarios, cuando por las especiales circunstancias que afectasen al mercado inmobiliario fuese necesario para evitar sobrevaloraciones de los inmuebles”, continúa la norma.
“Considerando el contexto actual de crisis que ha afectado de forma especialmente relevante al sector inmobiliario, resulta necesario garantizar que la información sobre el valor razonable de los inmuebles de que son titulares las entidades aseguradoras no quede desactualizado, pudiendo incidir negativamente en su situación patrimonial”, argumenta el Ministerio para justificar el cambio normativo.