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Ley de Emprendedores

Concurso de acreedores blando para una segunda oportunidad

Los impagos de la hipoteca serán resueltos por otro mecanismo distinto El nuevo proceso será más ágil y barato e implicará quitas en las deudas

Un comercio cerrado en el centro de Madrid.
Un comercio cerrado en el centro de Madrid. Pablo Monge
Raquel Díaz Guijarro

La futura ley de apoyo a los emprendedores estará sustentada sobre dos pilares. El primero es incentivar la puesta en marcha de nuevos negocios y favorecer su financiación. El segundo es que un intento que resulte fallido no suponga un lastre para volver a empezar. Según el borrador de la ley al que ha tenido acceso CincoDías, habrá un proceso extrajudicial encargado de solucionar los casos de sobreendeudamiento y segunda oportunidad.

Así, está previsto crear un concurso de acreedores especialmente destinado a personas físicas o pequeños empresarios mucho más ágil y barato del que existe en la actual Ley Concursal. “En estos momentos la suspensión de pagos o concurso de acreedores no tiene ninguna ventaja ni para las familias ni para los autónomos o pymes. Cuesta de media 18.000 euros, se prolonga mucho en el tiempo y, por si fuera poco, no garantiza que al final del proceso se obtenga una quita o condonación de la deuda”, explican fuentes jurídicas.

El nuevo concurso, por tanto, estará compuesto de dos fases. La primera, denominada extrajudicial por la que la pyme o el emprendedor que no haya logrado sacar adelante su negocio iniciará un proceso de negociación con sus acreedores. En ese momento, intervendrá la figura del mediador (el sistema estará institucionalizado), cuya tarea será lograr un pacto con dos objetivos: un plan de pagos razonable para que el empresario salde sus deudas y, si así lo estiman oportuno ambas partes, la exoneración o perdón de parte de las mismas. Con ello se persigue que esos pagos pendientes no impidan al emprendedor volver a intentarlo. Si no se llega a un acuerdo, el proceso pasa entonces a la fase judicial, el equivalente a la parte final del actual concurso para que solo entonces intervenga el juez. Aunque se llegue a los tribunales, el espíritu de la nueva ley es que los jueces determinen también quitas y exoneraciones de deuda, brindando con ello la tan nombrada segunda oportunidad.

Fuentes cercanas al proyecto explican, no obstante, que para que este nuevo concurso resulte un éxito deberán establecerse los filtros adecuados. “No es posible decretar ahora un perdón universal, porque ello colapsaría tanto el sistema financiero, como el judicial. El principio que debe seguir rigiendo es que las deudas se pagan y lo que habrá que demostrar es que en el fracaso de la empresa no ha habido conducta irresponsable”, advierten dichas fuentes. Por tanto, en el proceso extrajudicial el mediador será el encargado de diseñar planes de pago a plazos razonables, de unos cinco años, en los que con el nivel de ingresos que le quede al emprendedor en concurso calcule qué deudas podrá devolver y cuáles conviene condonar. Entendiendo por deudas a perdonar las contraídas con otras empresas privadas, pero también con Hacienda y la Seguridad Social, algo que ahora es muy difícil lograr. Esta circunstancia es la que termina pesando como una losa a la hora de volver a abrir otro negocio, se quejan las asociaciones empresariales.

En cuanto a los casos de sobreendeudamiento familiar, los impagos de la hipoteca por pérdida del empleo no podrán acogerse a este nuevo concurso, ya que el Gobierno prevé darles una solución con la reforma de la ley hipotecaria y la nueva regulación de la dación en pago.

El patrimonio doméstico será inembargable

Otra de las figuras que crea la futura ley es la del emprendedor de responsabilidad limitada.

¿Por qué esa denominación? Porque la norma va a establecer lo que se denominará el patrimonio inembargable para estos profesionales. En la actualidad, un autónomo que emprende una actividad por cuenta propia si fracasa, responde con todo su patrimonio, ya sea el personal como su vivienda habitual, o todos aquellos bienes relacionados con su negocio (naves, locales comerciales, herramientas o vehículos industriales). Las asociaciones de autónomos han reclamado todo este tiempo que esta situación, además de ser profundamente injusta, impedía a medio y largo plazo volver a iniciar otra actividad. De hecho, muchos pequeños empresarios históricamente han tratado de eludir estas circunstancias no registrando ninguna de sus propiedades familiares a su nombre, protegiéndolas de ese modo de futuros embargos.

Ahora eso no va a ser necesario, ya que la ley establecerá la vivienda habitual y el vehículo de uso familiar como patrimonio inembargable. Fuentes cercanas al proyecto legislativo aseguran que faltan por cerrar los últimos flecos de esta iniciativa y que son los Ministerios de Hacienda y Empleo los que más problemas están poniendo a la hora de regular qué tipo de deudas y hasta qué cuantías serán susceptibles de ser exoneradas, ya que ninguno de estos dos departamentos quiere perder su peso en los casos de impagos, aunque la orden es clara. Moncloa exige llegar a una solución de compromiso, de forma que ellos también puedan condonar parte de las deudas de estos emprendedores.

La extinción de sociedades también será más fácil desde el punto de vista formal, porque se pedirán menos cargas para hacerla efectiva y habrá una ventanilla única para el cierre de empresas.

Sobre la firma

Raquel Díaz Guijarro
Es jefa de Empresas en Cinco Días. Especializada en economía (inmobiliario e infraestructuras). Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en Cinco Días. Previamente trabajó en Antena 3 Radio, El Boletín, El Economista y fue directora de Comunicación de Adif de 2018 a 2022. Es licenciada en Periodismo por la Universidad Complutense.

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