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Acaba con las licencias previas municipales en una disposición de la ley de comercio

El Gobierno adelanta la eliminación de trabas para instalar antenas móviles

El Gobierno ha adelantado la eliminación de trabas burocráticas para instalar antenas móviles. El Ejecutivo introdujo una disposición adicional en la ley de medidas urgentes de liberalización del comercio por la que se eliminan totalmente la previa obtención de licencias de funcionamiento autonómicas y municipales para prestar el servicio de telefonía móvil mediante estaciones o instalaciones radioeléctricas.

Cambio radical en el complicado mundo de la instalación de antenas de telefonía móvil. El Gobierno ha dado un paso decisivo en la reducción de la burocracia para la instalación de las torres de móvil. Un movimiento que ha llegado casi por sorpresa.

Y es que el Gobierno introdujo en la ley de medidas urgentes de liberalización del comercio y determinados servicios, publicada en el BOE el 27 de diciembre, una disposición adicional (la disposición adicional tercera) por la que se introducía la eliminación total "de la previa obtención de licencias de instalaciones, funcionamiento o actividad, ni otras de clase similar o análogas que sujeten a previa autorización el ejercicio de la actividad".

La introducción de la disposición vino tras la presentación de una enmienda por parte del Grupo Popular en el trámite parlamentario de la norma.

Fuentes jurídicas explican que el cambio fundamental se basa en que las operadoras, hasta ahora, tenían que pedir, además de la licencia de obras, una licencia de funcionamiento o actividad para poner en marcha una antena. Ahora, con la nueva legislación, las telecos pueden poner en funcionamiento las antenas únicamente con la licencia de obras y el certificado de emisiones del Ministerio de Industria. Los operadores de telecomunicación sí deben presentar declaraciones responsables o comunicaciones previas referentes a la puesta en marcha de estas instalaciones radioeléctricas en las que se manifieste de forma explícita que cumplen con los requisitos exigibles y que están en posesión de la documentación que así lo acredita.

Cambio legal

De esta manera, según precisan estas fuentes, la norma aprobada que entró en vigor el pasado 28 de diciembre "supone que ninguna administración autonómica o local pueda obligar a los operadores de telefonía móvil a acreditar la obtención de previa licencia autonómica o municipal para prestar el servicio, sustituyendo su régimen por el general de presentación de una declaración responsable o comunicación previa, más flexible que determina que pueda prestarse el servicio desde las estaciones o instalaciones sin espera que su autorice expresamente por las administraciones autonómicas o locales".

Así, en la norma se especifica que la licencia previa tampoco será exigible a las estaciones e instalaciones radioeléctricas que presten servicios de comunicaciones electrónicas siempre que ocupen una superficie inferior a los 300 metros cuadrados y no tengan impacto en espacios naturales protegidos.

Ahora, con esta nueva legislación, el despliegue de las nuevas redes móviles de cuarta generación (4G), en el que las operadoras van a hacer inversiones millonarias en los próximos tiempos, será más rápido y flexible, puesto que los procedimientos administrativos autonómicos o locales no supondrán barreras burocráticas añadidas.

Directiva europea

Fuentes del sector señalan que la Comisión Europea había analizado con anterioridad esta cuestión en distintos informes, en los que se apuntaba el perjuicio que la burocracia podía tener en el desarrollo de nuevos servicios de banda ancha móvil. En este sentido, según explican, la nueva norma española se inspira en la directiva europea 2006/123/CE que se fundamenta en la reforma de las normas reguladoras de las actividades de servicios por todas las administraciones para fomentar la eliminación de trabas burocráticas que no favorecen la inversión y la innovación.

Al mismo tiempo, la norma aprobada ahora enlaza con la jurisprudencia establecida por el Tribunal Constitucional, que en la resolución de un recurso del Gobierno central contra la legislación de telecomunicaciones de Castilla-La Mancha, en febrero pasado, dejaba claro que aspectos como la potencia de emisión de las antenas móviles son competencia estatal.

Compensación a las entidades locales

El nuevo régimen legal que afecta a las licencias sobre la instalación de antenas de telefonía móvil ha buscado salvaguardar las necesidades económicas de las administraciones locales, según indican fuentes del sector. Así, dentro de los cambios, se ha modificado la ley de haciendas locales de tal manera que se va a introducir una nueva tasa fiscal, que los operadores de telecomunicaciones deberán pagar cuando presenten las declaraciones responsables o las comunicaciones previas.De esta manera, la tasa que estas compañías pagaban antes por cada solicitud de licencia en los ayuntamientos se reemplaza por una nueva tasa por la presentación de esta documentación.Según explican estas fuentes, con esta vía se busca garantizar la suficiencia financiera de los entes locales.

Papel de la Femp

La FEMP ha comunicado que la licencia previa no será exigible en las instalaciones radioeléctricas, indicando que bastará con una declaración responsable. La FEMP ya ha elaborado un modelo de declaración responsable, que está a disposición de sus asociados.

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