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Tribuna

En defensa del turno de oficio

En España tenemos un magnífico sistema de asistencia jurídica gratuita que cada año proporciona acceso a la justicia a cientos de miles de ciudadanos a través de prestaciones profesionales de abogados libres e independientes de primera calidad. Estamos ante una parte esencial del sistema constitucional de la justicia. Y hoy, que tanta insatisfacción hay respecto del funcionamiento de la justicia, ante una parte del sistema de la justicia que funciona extraordinariamente bien.

Sólo en el Colegio de Abogados de Madrid hacemos cada día, 365 días al año, 24 horas al día, entre 600 y 700 designaciones de abogados de oficio. Si el sistema no funcionara mejor que bien, es seguro que las incidencias colapsarían el servicio y saltarían a los medios. En lugar de eso, los índices de satisfacción de los ciudadanos destinatarios del servicio son altísimos (un 76% considera que la asistencia es muy buena y un 84% afirma que utilizaría de nuevo el Turno de Oficio o lo recomendaría).

Sin embargo, no es eso lo que se percibe en la sociedad. El Turno de Oficio sólo es noticia en los medios por el incumplimiento sistemático a cargo de las administraciones públicas de sus obligaciones de pago a los profesionales y al Colegio que organiza el servicio. O por las quejas de unos abogados objetivamente maltratados que anteponen su celo profesional y su función social al interés económico. Tal vez ese sea parte del problema: las administraciones públicas saben que el servicio se va a mantener porque los abogados, cobren o no cobren, van a atender a los defendidos, y porque el Colegio de Abogados que organiza el servicio puede presionar, pero no va a dejar de hacer designaciones de abogados de oficio cuando hay un ciudadano privado de libertad que lo requiere. Existe una línea roja, la del derecho a la tutela judicial efectiva de los ciudadanos, que ni los abogados ni el Colegio pueden franquear y las Administraciones Públicas lo saben, algo que, al parecer, las anima a seguir desconsiderando a los abogados y no reconociendo esta importantísima función social con un coste total modesto en comparación con otros servicios públicos básicos como la sanidad o la educación.

En este escenario, hay algunas tareas imprescindibles en las que la abogacía no debe estar sola:

Defender el actual modelo de asistencia jurídica gratuita con los Colegio de Abogados garantizando la libertad e independencia de los abogados que el propio Colegio designa, frente a cualquier intento de privatización o funcionarización del servicio, incluso si de ese modo las administraciones lograsen un ahorro marginal que en modo alguno podría compensar la pérdida de la libertad e independencia de unos abogados que tienen regularmente que enfrentarse a la misma Administración que asume el coste del servicio.

Combatir los posibles recortes de los derechos de los ciudadanos, exigiéndoles requisitos absurdos para acreditar la insuficiencia de recursos económicos o poniéndoles trabas para accionar o recurrir que discriminan a quienes tienen mayores necesidades frente a quienes gozan de más medios.

Exigir de las Administraciones Públicas que cumplan puntualmente sus obligaciones de sostenimiento del servicio público, igual que ellas lo esperan de los ciudadanos y de los abogados por sus impuestos y cargas, y atender digna y justamente a las condiciones materiales y económicas de la prestación profesional de los abogados. Es de alabar la intención del Ministerio de Justicia de incluir por Ley la obligación del pago al Turno de Oficio siempre y en no más de 60 días dentro de lo que será la futura Ley de Justicia gratuita.

Situar claramente dentro del sistema de la Asistencia Jurídica Gratuita a los Servicios de Orientación a través de los cuales se presta a los ciudadanos una primera asistencia, necesaria para saber si tienen o no un problema y si deben pedir abogado de oficio, evitándose así el inicio de numerosos expedientes de justicia gratuita. Ello implica el reconocimiento de la competencia colegial para la organización de los SOJs y la obligación de las administraciones públicas de contribuir a su mantenimiento económico, sin perjuicio de que haya Colegios como el de Madrid que cada vez dedican más recursos propios a la organización y prestación de estos servicios.

Y, en fin, es imprescindible despertar la conciencia de la sociedad sobre la esencialidad de un servicio público que no se puede someter sistemáticamente a tal cúmulo de dilaciones, incertidumbres y faltas de consideración que, a la postre, comprometen el derecho a la tutela judicial efectiva de los más necesitados.

Antonio Hernández-Gil. Decano del Colegio de Abogados de Madrid.

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