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Por un presunto delito de prevaricación administrativa

La juez llama a declarar como imputado al director general de Empleo por el ERE de Air Europa

La titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, Almudena Álvarez, ha citado el próximo lunes, día 10, en calidad de imputado al director general de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Arandany, por un presunto delito de prevaricación administrativa relacionado con el ERE de Air Europa.

Igualmente están citados el inspector de trabajo que instruyó el ERE de la aerolínea y la subdirectora general de Recursos del Ministerio, Regina Mañueco del Hoyo. Esta última no se encontraba en la querella inicial, cuya ampliación ha sido ahora aceptada, que presentó un grupo de pilotos afectados por la medida.

La citación se produce después de que el pasado 6 de noviembre la Audiencia Provincial de Madrid ordenara admitir a trámite la querella presentada en julio pasado por siete pilotos contra contra el director general.

En el auto la juez Álvarez señala que los hechos denunciados por los pilotos podrían ser constitutivos de un delito de prevaricación administrativa y que la querella reúne los requisitos legales, por lo que cita a los imputados y ordena la práctica de "las actuaciones necesarias para la averiguación y esclarecimiento de los hechos, autores y circunstancias", informa Europa Press

La juez también acuerda dar parte del procedimiento ahora admitido a trámite al Ministerio Fiscal y libra oficio al Ministerio de Empelo y Seguridad Social para que remita al juzgado el informe elaborado en su día por el inspector de trabajo imputado.

Igualmente, la juez de Instrucción número 41 de Madrid solicita que se certifiquen "cuantas anotaciones relativas a los imputados pudieran obrar en los registros previstos en el Real Decreto 95/2009 de 6 de febrero por el que se regula el sistema de registros administrativos de apoyo a la Administración de Justicia". Contra este auto cabe recurso de reforma. En su día, la a juez Almudena Álvarez dictó auto de inadmisión de esta querella al entender que no se daban los requisitos del delito de prevaricación, por no ser el ERE una actuación manifiestamente contraria al ordenamiento jurídico que requiriera reproche penal.

A juicio de la magistrada, el asunto se limitaba a una interpretación disconforme entre ambas partes del artículo 9 del convenio colectivo de la compañía.

Los querellantes apelaron a la Audiencia de Madrid, que admitió su recurso por entender que el Juzgado debió admitir la querella y realizar las pruebas solicitadas por los pilotos.

La Audiencia indicó en su auto que es posible, como señalaba la juez Álvarez en su auto de inadmisión, que no se haya incurrido en ilegalidad evidente al interpretar la citada norma penal, si bien, a primera vista, el ERE parece haber adoptado un criterio contrario al establecido en el convenio, por lo que "para evitar un cierre en falso" del proceso, debe completarse la investigación y ser oídos los querellados.

Según los pilotos, el ERE violó de forma descarada el orden de prelación por antigüedad invertida fijado en el convenio. Los magistrados Arturo Beltran, Paz Redondo y Pascual Fabiá Mir creen que Thibault y el inspector deben ser escuchados, "tras lo cual la instructora podrá adoptar la decisión que considere oportuna".

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