El Tribunal de la UE da el visto bueno al fondo de rescate permanente
El fondo de rescate permanente puesto en marcha por la zona euro no es ilegal, según una sentencia del Tribunal de Luxemburgo ante una demanda de un diputado irlandés. El tribunal certifica que no viola la norma europea según la cual unos países no pueden financiar a otros.
El Tribunal de Justicia europeo, con sede en Luxemburgo, ha confirmado hoy (27 de noviembre) la validez del fondo de rescate creado por la zona euro en 2011 y que se puso en marcha el pasado 8 de octubre. La sentencia, consecuencia de un recurso presentado por un diputado irlandés, despeja definitivamente las dudas sobre la legalidad del mecanismo que se encargará de prestar a España unos 40.000 millones de euros para la recapitalización de su sector financiero.
El veredicto resulta especialmente significativo porque niega cualquier contradicción entre la cláusula de "no rescate" del Tratado de la UE y la creación del MEDE o Mecanismo Europeo de Estabilidad, uno de los argumentos invocados de manera recurrente (sobre todo, en Alemania) para oponerse a conceder préstamos a Grecia y otros socios de la zona euro.
El Tribunal considera que esa cláusula "no se propone prohibir a la Unión y a los Estados miembros la concesión de toda forma de asistencia financiera a otro Estado". Los jueces señalan que esa asistencia está permitida "siempre que las condiciones asociadas sean apropiadas para incitarle a poner en práctica política presupuestaria sana".
El recurso cuestionaba tanto la reforma exprés del Tratado de la UE que se llevó a cabo para sentar la base legal del MEDE como la participación de Irlanda en este fondo de rescate. El caso original esta planteado ante el Tribunal Supremo irlandés, que decidió consultar a los jueces comunitarios.
La Corte luxemburguesa, que excepcionalmente ha tramitado la consulta con carácter de urgencia, ha respondido hoy que no aprecia ninguna ilegalidad en la reforma del artículo 136 del Tratado y que Dublín no violó las normas comunitarias (entre ellas la cláusula de "no rescate") sumándose al MEDE.