El Gobierno quita el tope de edad para ser gobernador del Banco de España
El Ejecutivo ha decidido eliminar el límite de edad, establecido hasta ahora en los 70 años, para poder ser gobernador del Banco de España o miembro de sus órganos de gobierno. De esta forma, el máximo responsable actual del supervisor, José María Linde, no tendrá que abandonar el cargo en 2015, momento en el que cumple la edad tope, y continuará hasta 2018.
Gracias a la presentación de una enmienda del Grupo Popular en el Congreso de los Diputados al proyecto de ley de convalidación del RDL 18/2012 de reforma financiera -el segundo de los aprobados por el actual Gobierno-, se modificará la redacción del artículo 25 de la Ley 13/1994, de 1 de junio, de Autonomía del Banco de España.
Así, a partir de su aprobación definitiva, el mandato del gobernador y el subgobernador no tendrá un límite de edad en los 70 años. La duración del cargo seguirá siendo de seis años como hasta ahora y tampoco varía la condición de que no exista posibilidad de renovación para el mismo cargo.
Fuentes cercanas a la iniciativa explican que la modificación propuesta por el Gobierno persigue despejar las eventuales dudas que tradicionalmente suscita el proceso de renovación de la cúpula del Banco de España sobre si tiene o no tintes políticos la persona finalmente elegida.
De este modo, si no se hubiera introducido esta modificación, José María Linde, actual gobernador, hubiera tenido que abandonar su cargo en 2015 que es cuando cumple 70 años. Como entonces habrá elecciones generales, se había especulado con la posibilidad de que el PP podría tener la tentación de promover la elección de un nuevo gobernador justo antes de los comicios.
Causas para un cese
De esta forma, será el próximo Ejecutivo resultante de estas elecciones, sea del color político que sea, el encargado de designar al relevo de Linde en 2018. Otra de las modificaciones importantes que incluye la enmienda es la supresión de la simultaneidad en el relevo de los cargos de gobernador y subgobernador. Asimismo, se elimina el límite de edad para formar parte de los órganos de gobierno del Banco del España.
La enmienda presentada por el PP propone una nueva redacción para el citado artículo 25, en la que se especifica más explícitamente cómo será a partir de ahora el proceso de renovación y cese de los órganos rectores del supervisor.
En este sentido, recuerda que los consejeros no natos tendrán un mandato con una duración de seis años, renovables por una sola vez.
Los consejeros designados para la comisión ejecutiva lo serán por el periodo que les reste de su mandato ordinario como consejeros.
Las causas por las que el gobernador, el subgobernador y los consejeros no natos cesarán en sus cargos siguen siendo básicamente tres.
La primera será por expiración de su mandato, la segunda será en caso de renuncia, que surtirá efecto por la mera notificación al Gobierno o, en cuanto a la condición de miembro de la comisión ejecutiva, por la comunicación al consejo de gobierno.
Y en tercer lugar, por separación acordada por el Ejecutivo, por incapacidad permanente para el ejercicio de su función, incumplimiento grave de sus obligaciones, incompatibilidad sobrevenida o procesamiento por delito doloso.
Salvo en el caso de condena por delito doloso, el acuerdo de separación deberá adoptarse a propuesta del consejo de gobierno del Banco de España, previa audiencia del interesado.
Cargos
En caso de cese del gobernador, subgobernador o alguno de los consejeros no natos del Banco de España antes de la expiración de su mandato por cualquiera de las causas fijadas se establece que su sustituto tendrá el plazo de mandato ordinario que le corresponda según el cargo que ostentara.