Toda la banca deberá alcanzar una solvencia del 9% en enero
La nueva ratio se establece con carácter indefinido en el tiempo.
La ortodoxia bancaria dice que un sistema financiero es más resistente cuanto más alto sea su capital, al margen de cómo afecte eso al crédito. España lo ha asumido y, tal y como le pedía Bruselas, exigirá una ratio de capital del 9% a toda la banca a partir del próximo 1 de enero.
El largo camino hacia la curación del sistema financiero nacional ha pasado ya por unas cuantas reformas que han ido aumentando la necesidad de capital de la banca. Primero fue la exigencia de disponer de un capital principal del 8% para las firmas cotizadas y del 10% para las cajas que no estaban sometidas al escrutinio del mercado. Más adelante llegó el 9% requerido por la Autoridad Bancaria Europea (la EBA, por sus siglas en inglés). Esta ratio se aplicaba solo a las entidades más grandes, los llamados grupos sistémicos. Esta misma cifra será aplicada a todos los bancos, cajas y cooperativas de crédito del país a partir del 1 de enero del año próximo.
Mandato de la UE
Así consta en el borrador de real decreto de reestructuración y resolución ordenada del sistema financiero que prepara el Ministerio de Economía y que sigue al dictado lo exigido por Bruselas en el Memorando de Entendimiento (MoU, en inglés) que regula el rescate de hasta 100.000 millones de euros dispuesto para la banca nacional. "Las entidades de crédito españolas deberán cumplir, al 31 de diciembre de 2012 y al menos hasta finales de 2014, un coeficiente de capital común de primer nivel de al menos un 9%", decía el documento comunitario que fue hecho público el pasado julio. "Deberán contar con un capital principal de, al menos, el 9% de sus exposiciones totales ponderadas por riesgo", traslada la legislación que tiene previsto aprobar el Gobierno nacional en los próximos días.
De la redacción del borrador, que está sujeto a cambios, se deduce que España no tiene intención de poner límite a este requisito. Bruselas hablaba de un horizonte temporal hasta finales de 2014. El Gobierno lo fía a la eternidad, algo que en el sector no ha sorprendido. "No tiene mucho sentido que una entidad consiga un capital del 9% y luego pueda perderlo. Se supone que esta recapitalización busca reforzar la capacidad de la banca de asumir más pérdidas de las esperadas, así que no es lógico bajar el capital una vez conseguido", explican fuentes del mercado.
La segunda parte de la ecuación es la fórmula para computar ese capital principal, el de máxima calidad. Bruselas determina que serán los principios de la EBA los que rijan el cálculo y Economía traslada unos criterios, si no idénticos, por lo menos sí similares. Por ejemplo, el borrador especifica que los instrumentos convertibles en acciones (los famosos cocos, los bonos contingentes convertibles) son capital principal. Los bancos han ido asumiendo de hecho parte de esos criterios de forma amplia en los últimos meses.
Anticipo de Basilea III
Otros criterios, sin embargo, endurecen la tarea para la banca y ponen más difícil reforzar la solvencia. De hecho, parte de las nuevas exigencias suponen adelantar los requisitos de Basilea III, la nueva regulación internacional de requisitos de capital que las entidades contaban con tener más tiempo para aplicar.
Para Santander, BBVA, CaixaBank y Popular la nueva medida no supone sobresalto alguno: estaban entre las entidades que ya debían cumplirlo. Bankia también estaba en ese grupo, pero su situación particular la ha hecho saltar a otro club: el de las entidades rescatadas, con otros requerimientos en estos momentos. Pero para el resto del sector, sobre todo para las entidades medianas, se abre una carrera contrarreloj para llegar a la meta.
Y es que todo el gremio tiene que aumentar su solvencia en un momento en que le afloran pérdidas por todas partes, ya sea por la exigencia de aumentar las provisiones sobre determinados activos o porque tengan que ajustar valoraciones a precios de mercado. Y más a partir de septiembre, cuando terminen las auditorías que se están realizando sobre la salud de su riesgo inmobiliario y que empujarán a más de un rescate.
Salario tope de medio millón de euros para los banqueros
Pedir ayuda no saldrá gratis. No solo a los accionistas y a los acreedores de la entidad auxiliada, sino a sus gestores. El real decreto que ultima el Gobierno da otra vuelta de tuerca a las retribuciones y, en esta ocasión, podría afectar a casi todo el sector bancario.El Ministerio de Economía impuso el pasado febrero los primeros límites. El decreto 2/2012 para el saneamiento del sector financiero fijaba que los primeros ejecutivos de entidades bajo control mayoritario del FROB podrían cobrar como máximo 300.000 euros. Esta media segó de una pasada la retribución de los máximos responsables de Bankia, Novagalicia, Catalunya Caixa y Banco de Valencia. Entre tanto, los miembros del consejo de administración de firmas bajo el pleno control del Estado podrían percibir como máximo 50.000 euros.El decreto de febrero establecía a su vez que las firmas que solicitaran un apoyo parcial del FROB verían limitados los sueldos, pero en menor medida. Impuso un tope de 600.000 euros para presidentes y consejeros delegados y de 100.000 a consejeros.El decreto que presentará el Gobierno en unos días reduce la paga de los primeros espadas de estas entidades a 500.000 euros.Pero lo importante es que, en esta ocasión, el contexto económico hace prever que la medida afectará a muchos ejecutivos del sector. En su informe sobre la banca española, el Fondo Monetario Internacional (FMI) daba por sentado que solo Santander, BBVA y CaixaBank estarían en condición de eludir cualquier apoyo público. El resto del sistema, indicaba el organismo que encabeza Christine Lagarde, necesitará algún tipo de respaldo. Si sus predicciones se cumplen, la paga de los máximos ejecutivos de entidades como Sabadell, Popular, BMN, Ibercaja-Liberbank, Kutxabank o Unicaja, por citar algunos, también podrían verse limitadas. Informa Eduardo G. Ercoreca.
Una prórroga para llegar a meta bajo la atenta mirada del Banco de España
El Gobierno ha establecido en el borrador unos plazos muy concretos para llegar a un ratio de capital 9% y la forma de actuar si no se consigue. El 1 de enero de 2013 es la fecha clave. Las entidades que hayan incumplido tendrán 20 días para presentar ante el Banco de España la estrategia y el calendario para su cumplimiento antes del 30 de junio de 2013. El supervisor tendrá 15 días para aprobar el plan que se le presente y "podrá exigir la inclusión de las modificaciones o medidas adicionales que considere necesarias para garantizar el cumplimiento de la cifra de capital principal exigible", señala el borrador. Si las entidades creen que van a fracasar y no alcanzarán el capital en la fecha acordada tendrán que comunicarlo con anticipación al Banco de España, "quien deberá aprobar la estrategia y el calendario de cumplimiento tentativos presentados por la entidad para el caso de que se confirme dicho incumplimiento".