Egeda asegura que el Supremo ratifica la vigencia del suprimido canon digital
El pleno del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que condena a la empresa malagueña Freephone Axarquia y a su administradora a pagar más de 200.000 euros a los productores audiovisuales por no haber pagado las cantidades correspondientes al canon por copia privada.
La citada compañía, que vende dispositivos electrónicos, ya había sido condenada en 2005 por un juzgado de Málaga, tras una denuncia de Egeda (la entidad de gestión de derechos de los productores audiovisuales). La compañía, que recurrió el caso al Supremo, se ha encontrado ahora con que la nueva sentencia vuelve a dar la razón a la posición mantenida por Egeda durante estos años.
Para Egeda, la sentencia es "de una gran importancia" porque, en su opinión, con ella el pleno del Tribunal Supremo "ratifica la vigencia del anterior sistema de canon digital" suprimido por el Gobierno de Rajoy el pasado diciembre. El Ejecutivo decidió, en contra de la opinión de las entidades de gestión de derechos de autor (entre ellas la SGAE y Egeda) sustituir este sistema por otro a cargo de los Presupuestos Generales del Estado.
Egeda destaca que la sentencia del Supremo recuerda que "la compensación equitativa por copia privada" recogida en la Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, "es un concepto autónomo de Derecho de la Unión, que debe interpretarse de manera uniforme en todos los Estados miembros que hayan establecido una excepción de copia privada", como es el caso de España.
Todo ello, según la entidad de gestión citada, pone en evidencia "la falta de necesidad, como ha hecho el Gobierno, de un cambio de sistema y reclama "la conveniencia de no separarnos de Europa en este terreno".
Sistema inadecuado
Egeda insiste en que el sistema impuesto por el Gobierno a cargo de los Presupuestos supone dotar "la regulación del canon de un elemento de indiscriminación vetado por el Tribunal de Justicia, ya que lo pagarán todos los ciudadanos, hagan o no copias privadas".