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El Banco de España obligará a las entidades

Fin a la 'letra pequeña' de los contratos bancarios

El Banco de España obligará a las entidades financieras a eliminar 'la letra pequeña' de los contratos de los productos bancarios con el objetivo de avanzar en la protección de los clientes y promover la concesión responsable de créditos.

Así figura en el proyecto de circular sobre transparencia y responsabilidad en la concesión de préstamos que el organismo regulador ha puesto a consulta entre las entidades afectadas, que podrán remitir sus alegaciones a la institución hasta el próximo 9 de mayo.

"La letra a utilizar en los documentos de información tendrá un tamaño apropiado para facilitar su lectura. En todo caso, la letra minúscula que se emplee no podrá tener una altura inferior a dos milímetros", dice el texto de la futura norma.

Esta condición deberá regir para productos y servicios bancarios como depósitos, créditos al consumo, préstamos hipotecarios sobre viviendas y negociación de cheques, así como avales, fianzas y garantías, según recoge el proyecto de la circular.

El objetivo es configurar un nuevo código general de transparencia, claramente orientado a la protección de los clientes de los servicios bancarios, que deberá regir en lo sucesivo las relaciones entre éstos y las entidades de crédito, explica el Banco de España.

Al mismo tiempo, la circular profundiza en las iniciativas con las que los poderes públicos pretenden promover la concesión responsable de préstamos, y exige a los bancos políticas y procedimientos que favorezcan la prudencia y la atención específica a las necesidades y posibilidades de los clientes.

Asimismo, el proyecto avala el aumento de la información que las entidades financieras deben poner a disposición de los potenciales clientes.

Alternativa al euribor

Por otra parte, la circular recoge un tipo de interés alternativo al Euríbor, al que están referenciadas la gran mayoría de hipotecas en España, y que las entidades podrán utilizar en su caso.

Así, además del Euríbor, que se calcula a raíz del tipo de interés que los principales bancos europeos se prestan dinero entre sí por el plazo de un año, las entidades podrán referenciar créditos al IRS, a un plazo de cinco años.

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