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El Consejo de Ministros otorga hoy esta posibilidad hasta ahora denegada

Los municipios cobrarán el IBI a edificios que son Patrimonio Histórico

El Consejo de Ministros otorgará hoy a los ayuntamientos la potestad de poder cobrar el impuesto de bienes inmuebles (IBI) a los edificios declarados Patrimonio Histórico que hasta ahora estaban exentos. Será de aplicación a todos los que realicen actividades económicas que no sean de interés general, como por ejemplo, los hoteles.

Los municipios cobrarán el IBI a edificios que son Patrimonio Histórico
Los municipios cobrarán el IBI a edificios que son Patrimonio HistóricoCINCO DÍAS

Como no solo de recortes podrá vivir el plan para acabar con el déficit público, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas está explorando nuevas vías de ingresos, después de haber decretado una dolorosa subida de impuestos a todos los contribuyentes.

Una de esas vías para recaudar más es acabar poco a poco con la lista de beneficios fiscales obligatorios que se aplica en los tributos locales. Es decir, hasta ahora el Estado obligaba a los ayuntamientos y corporaciones locales a aplicar determinadas exenciones en todos los impuestos que cobran sin recibir ninguna compensación por ello.

A partir de ahora y gracias a la modificación que aprobará hoy el Consejo de Ministros dentro del anteproyecto de ley de intensificación en la lucha contra el fraude fiscal, serán los municipios quienes decidan libremente si cobrar o no el IBI a los edificios singulares ubicados en su territorio, según confirman fuentes oficiales a CincoDías. Así, por poner un ejemplo, en Madrid existen hoteles (como el Ritz o el Palace) que por el hecho de estar ubicados en un inmueble que forma parte del Patrimonio Histórico están exentos de pagar el IBI, lo que, en opinión de los expertos consultados, supone una "auténtica competencia desleal con otro hotel que no esté ubicado en un inmueble de estas características".

Las viviendas en inmuebles singulares seguirán sin pagar la contribución

Por ello, el criterio que se ha decidido aplicar para levantar dicha exención es que en el edificio se desarrolle una actividad económica "que no sea de interés general". Con esta especificación, las viviendas situadas en edificios de Patrimonio Histórico seguirán sin tener que pagar IBI. En la Gran Vía madrileña, por ejemplo, no tendrán que tributar por este impuesto las casas allí ubicadas, pero sí deberá hacerlo Telefónica por su emblemática sede en esta calle, si decide aplicarlo finalmente el equipo de Ana Botella.

La reducción de ingresos que han padecido los municipios por estos beneficios fiscales ha sido históricamente criticada por los expertos en financiación local de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP). Todos ellos coinciden en que los ingresos tributarios no deberían verse mermados por la aplicación obligatoria de estas ayudas, en muchos casos recogidas por acarreo histórico y que, según dichos expertos, en ocasiones "atentan contra el principio constitucional de generalidad en el deber de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos".

Solo para saber cuánto dinero puede significar para una corporación la no recaudación de esos beneficios fiscales, valga el ejemplo del mayor ayuntamiento del país: Madrid. Según las últimas cifras disponibles, el consistorio de la capital dejó de ingresar en 2011 por la aplicación de dichos beneficios fiscales 112,7 millones de euros, de los que más del 86% (97,1 millones) correspondió a exenciones en el IBI, también conocido popularmente como contribución urbana.

La mayor parte de esos 97 millones, en concreto 38,6, dejaron de ingresarse por las exenciones que se aplican a los inmuebles propiedad del Estado y de la Comunidad de Madrid afectos a la seguridad ciudadana y a defensa, como los cuarteles. Todos esos edificios seguirán sin tributar por IBI. Por el contrario, la capital podrá empezar a recaudar un buen pellizco de los 30,11 millones de exenciones en el IBI referidas a los bienes de Patrimonio Histórico.

Entidades religiosas y fundaciones, también exentas

La potestad que hoy dará el Consejo de Ministros a los ayuntamientos para poder cobrar el IBI a edificios catalogados como singulares sin duda supondrá un alivio a aquellas ciudades con un importante patrimonio histórico, como Madrid, Barcelona, Sevilla o Córdoba, entre otras, aunque habrá que esperar a su aprobación definitiva dentro del plan de lucha contra el fraude fiscal, que se tramitará como proyecto de ley, para ver qué especificaciones introduce.Lo que está claro es que los ayuntamientos, además de cobrar la contribución a estos inmuebles, podrán también aplicarles bonificaciones. El cambio normativo que se introduce se limita a los edificios declarados Patrimonio Histórico y dentro de los mismos a aquellos que desarrollen una actividad económica con fin de lucro. Sin embargo, en algunos casos podrá darse la circunstancia de que si se trata de empresas cuya figura jurídica es la de una fundación, podrían escapar al pago del impuesto. Las fundaciones y las entidades religiosas son otras de las instituciones que no pagan IBI, según la Ley de Haciendas Locales. Eliminar la exención a la Iglesia católica no ha llegado a abordarse, ya que hubiera supuesto una modificación del concordato suscrito entre esta institución y el Gobierno. Los colegios concertados tampoco tributan por este impuesto, pero a diferencia del resto de organismos, el Estado sí compensa a los municipios por ese concepto.Las viviendas protegidas (VPO) disfrutan de una bonificación al 50% durante los tres primeros años, que puede ser mayor si así lo decide el ayuntamiento de turno.

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